Código Ético
Antonio Entrena Revuelto Psicólogo
CÓDIGO ÉTICO ANTONIO ENTRENA REVUELTO PSICOLOGO.
CÓDIGO ÉTICO Y DE CONDUCTA.
El código de ética y conducta plasma nuestra filosofía y compromiso empresaria, vincula la visión y la estrategia del negocio. La práctica de responsabilidad empresarial, el cumplimiento de la legislación vigente aplicable a la organización, la actuación ética y los valores que deben regir nuestro compromiso.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO siempre ha pretendido ser una empresa cercana a los Clientes, con una constante preocupación por conocer y atender todas las necesidades que puedan traer en el momento que tenemos contacto con ellos. Nuestra máxima es el de conseguir aportar el valor de un servicio de mayor calidad que respete los principios y valores éticos de nuestra profesión: integridad, lealtad, independencia, formación constante y permanente, dignidad, respeto y secreto profesional.
La base de un buen sistema normativo no es más que un sistema de cumplimiento y un código ético y de conducta, donde se recoja el comportamiento que debe inspirar y presidir a todos los miembros de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, para dirigir e impulsar el comportamiento del equipo responsable de todos nosotros, así como el compromiso de con los principios de la Ética empresarial y la transparencia que rige todos los ámbitos de nuestras actuaciones. El cumplimiento de este código se entiende sin perjuicio de la estricta observancia de la normativa aplicable.
Es obligación de todos, cuyo comportamiento en el día a día sea congruente con las normas y bases del Código de Conducta y del Manual General de Cumplimiento Normativo ya que, en caso contrario, se podrán aplicar las medidas disciplinarias que la empresa considere adecuadas, de acuerdo con el análisis y evaluación de la situación.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO pretende ser una empresa cercana a los clientes, con las constantes preocupaciones de conocer y atender sus necesidades. Nuestro objetivo principal, conseguir aportar servicio y asesoramiento de la más excelente calidad que respete los principios y valores éticos de la profesión, integridad, lealtad, independencia, formación permanente, dignidad, respeto y secreto profesional.
El sistema interno recoge estos valores y principios, así como las normas y pautas de conducta exigibles a todos los integrantes de la familia. Este a su vez está inmerso en el Código ético, la normativa interna sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, el programa para la prevención de delitos y las políticas internas.
El Código Ético de ANTONIO ENTRENA REVUELTO es el principal sistema normativa, en el recogemos el modelo ético de comportamiento que debe inspirar y presidir las actuaciones de todos los empleados, este está dirigido a impulsas el comportamiento ético y responsable de todos ellos, así como el compromiso con los principios de ética empresarial y transparencia en todos sus ámbitos de actuación. El cumplimiento de este Código se entiende sin perjuicio de la estricta observancia de la normativa aplicable, de las normas deontológicas y de las demás disposiciones del Sistema Normativo Interno de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
AMBITO DE APLICACIÓN
El presente Código de Conducta (en adelante, el “Código”) recoge el catálogo de normas de conductas que han de regir la actuación de todos los empleados de ANTONIO ENTRENA REVUELTO de venta de SERVICIOS DE PSICOLOGÍA CLINICA y constituye un elemento principal del programa de Cumplimiento de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
El presente Código de aplica a los Administradores, a la Alta dirección y a todos los empleados y colaboradores de ANTONIO ENTRENA REVUELTO incluyendo personal en prácticas y becarios. A estas personas se las denominará en lo Sucesivo “Empleados”.
En determinadas materias específicas que se precisan de una regulación detallada las normas de este Código de complementan con las figuras de otros Códigos y Manuales de ANTONIO ENTRENA REVUELTO. Forman parte de los Códigos y Manuales sectoriales el Manual de ANTONIO ENTRENA REVUELTO de prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, El Reglamento Interno de Conducta de los Mercados de Valores, El Documento de Seguridad, etc. (en adelante todos ellos los “Manuales de Cumplimiento”) así como las notas y circulares que desarrollan puntos concretos de dichos Códigos y Manuales.
Las personas Sujetas del Código tienen la obligación de conocer y cumplir el Código de Conducta y colaborar para facilitar la implantación, incluyendo la comunicación al Órgano de Vigilancia, de cualquier infracción que llegue al conocimiento de estas.
Con la aplicación del código, se pretende que las personas que desempeñan sus actividades dentro de los servicios de ANTONIO ENTRENA REVUELTO demuestren su compromiso y un comportamiento integro y profesional en todo momento y contribuyan al buen ambiente y el compromiso de, denunciando aquellas conductas que puedan dañar la imagen y/o reputación.
Este código de conducta y del Manual General de cumplimiento Normativo está diseñado para ser flexible y fácilmente adaptable a los cambios en el Sistema Integral de Ética; este se adaptará cuando se requiera para el cumplimiento a requisitos internos o externos que se consideran críticos para su adecuado funcionamiento e instrumentación. La revisión integra del Manual se realizará cada 2 años para evaluar la vigilancia y aplicabilidad. El oficial de cumplimiento de ANTONIO ENTRENA REVUELTO tendrá la autoridad para revisar o modificar el Manual, esto con la aprobación del director general.
ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO.
Los valores, principios, normas y pautas de conducta contenidos en el Código Ético son de aplicación, para todos los miembros de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, con independencia de su nivel jerárquico, quienes asumen, en dicha condición, el compromiso en el cumplimiento, así como el de su leal colaboración en la implantación y aplicación. Todas las referencias a, el Despacho, la Firma o el Grupo de miembros en este Código Ético deberán entenderse a todos los miembros.
A efectos de este Código Ético se consideran miembros de ANTONIO ENTRENA REVUELTO los socios, empleados, colaboradores y empresas externas que integran el trabajo final que se realiza dentro, así como todas aquellas personas cuya actividad se someta expresamente al Código Ético.
El cumplimiento del Código Ético se entiende sin prejuicio del estricto cumplimiento de las normas aplicables, las normas deontológicas y de las demás disposiciones del Sistema Normativo interno de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Cualquier duda que pudiera surgir, a los miembros, sobre la aplicación de este o la interpretación tanto del Código Ético como del Sistema Normativo Interno, podrá consultarse, tanto en el superior jerárquico inmediato o al Oficial de Cumplimiento.
Todos los miembros de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, por la mera condición de tales, aceptan mediante la firma anual de una declaración responsable, los valores, principios, normas y pautas de conducta establecidas en este Código Ético, que libre y voluntariamente se compromete a conocer, cumplir y hacer cumplir.
Las personas que en un futuro se incorporen a ANTONIO ENTRENA REVUELTO aceptarán expresamente los principios de LA EMPRESA, pautas y conductas del Código Ético, que se anexa a sus respectivos contratos.
La asunción por parte de todos los integrantes de ENTONIO ENTRENA REVUELTO de la visión, valores, las normas de actuación establecidas en este Código y el compromiso de conocerlos, cumplirlos y hacerlos cumplir, unidas a las restantes formas de actuar incluidas en el Sistema de Cumplimiento Interno, constituye la base y los elementos esenciales de su relación con ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
PRINCIPIOS Y VALORES.
Todos los miembros del equipo de ANTONIO ENTRENA REVUELTO están comprometidos con el cumplimiento de la legalidad en general, ANTONIO ENTRENA REVUELTO está comprometido en impulsar una serie de valores que integran sus señas de identidad:
- a) La excelencia y el rigor, que nos obligan a exigirnos lo mejor de nosotros mismos y enfocarnos en la resolución de problemas, más allá́ de su mera enunciación.
- b) El compromiso y el esfuerzo en el servicio, que deben ser justamente retribuidos, no solo en términos económicos sino también mediante la formación, las oportunidades de carrera y el compañerismo.
- c) La responsabilidad, que conduce al compromiso de actuar de forma correcta con la sociedad, con nuestros equipos y con nuestros clientes, y a adquirir conciencia de las decisiones que tomamos.
- d) La humildad en el desempeño de nuestros compromisos y responsabilidades, con nuestros compañeros, con nuestros clientes y hacia nuestros competidores.
- e) La integridad, que implica que la actuación se produzca con honestidad, de forma confiable, de buena fe y a favor del interés público.
- f) El fomento de una cultura abierta con plena libertad, que implica aceptar a personas de origen, formación, condición y capacidades diversas y entender que esas diferencias nos enriquecen a todos.
- g) La adaptación al cambio, que supone participar en los cambios del entorno en que operamos que exigen innovación, apertura, búsqueda, oportunidad y proyección.
- h) Independencia y objetividad, que implica una actuación libre de influencias o circunstancias que comprometan o puedan ser vistas como comprometedoras del juicio profesional, y actuar de manera imparcial y objetiva.
- i) Comportamiento profesional. Cumplir con las leyes, regulaciones y convenciones, y evitar cualquier conducta que pueda desacreditar a la institución.
- j) Confidencialidad y transparencia. Proteger la información de forma adecuada, equilibrando esta protección con la necesidad de transparencia y rendición de cuentas
PRINCIPIOS ESTRUCTURALES BÁSICOS.
Estricto cumplimiento de la legalidad y los Derechos Humanos.
De acuerdo con lo indicado anteriormente, todas las actuaciones de ANTONIO ENTRENA PSICOLOGO y de las personas que lo integren, guardarán un respeto escrupuloso a las leyes, a los derechos humanos y libertades públicas y adoptarán todas las medidas que garanticen el respeto de los derechos fundamentales, los principios de igualdad de trato y de no discriminación, la protección frente a la explotación laboral infantil y cualesquiera otros principios recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Pacto Mundial contra la corrupción.
Protección y fomento de los Recursos Humanos.
En ningún caso se impondrán en ANTONIO ENTRENA REVUELTO PSICOLOGO condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que los trabajadores tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contratos individuales.
Con relación a los trabajadores extranjeros, no se procederá a su contratación sin haber obtenido la correspondiente autorización de trabajo.
En el caso de contratar con proveedores extranjeros, ANTONIO ENTRENA REVUELTO velará por que en ninguno de ellos se produzcan casos de explotación.
Dentro de la protección y fomento de los RRHH, la Dirección de ANTONIO ENTRENA REVUELTO PSICOLOGO destaca los siguientes principios básicos:
1.- Derecho a la Igualdad.
Los profesionales de ANTONIO ENTRENA REVUELTO respetarán el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. En general, promoverán activamente la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y la defensa y aplicación efectiva del principio de igualdad entre hombre y mujeres en el ámbito laboral.
El principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres se garantizará, tanto en el acceso al empleo como en la formación profesional, en la promoción profesional y en las condiciones de trabajo.
2.- Derecho a la Intimidad y a la Protección de Datos de Carácter Personal.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO PSICOLOGO respetará y protegerá la intimidad de las personas que, en sus relaciones con el faciliten sus datos de carácter personal o reservado. Esta protección se extenderá a los trabajadores, clientes y colaboradores de ANTONIO ENTRENA REVUELTO y se aplicará desde la fase de concepción y diseño de un tratamiento.
En la página web de ANTONIO ENTRENA REVUELTO existirá una política de cookies, que informarán a los pacientes sobre el alcance y la finalidad del tratamiento que se realice de sus datos.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO controlará los canales a través de los cuales se obtienen datos de carácter personal y se asegurará de que se cumplan todos los requisitos para el cumplimiento de la normativa aplicable. Los datos se conservarán con las medidas de seguridad que correspondan a su naturaleza.
3.- Seguridad e higiene en el trabajo.
Todos los trabajadores de ANTONIO ENTRENA REVUELTO deberán cumplir con las condiciones de seguridad exigidas por la normativa de prevención de riesgos laborales. ANTONIO ENTRENA REVUELTO está obligado a establecer las medidas de seguridad exigidas por la ley y el trabajador viene obligado a respetarlas. Las políticas, normas y procedimientos incluirán las obligaciones de control y las responsabilidades en esta materia.
4.- Respeto y compromiso de ANTONIO ENTRENA REVUELTO con el medio ambiente.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO desarrollará su actividad teniendo siempre en cuenta el respeto del entorno natural, el consumo mínimo de recursos y el control del impacto medioambiental.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO establecerá los preceptivos controles en materia de emisiones, ruidos, residuos, y cualquier otra amenaza medioambiental.
En todos los niveles de ANTONIO ENTRENA REVUELTO se velará por un uso racional de los recursos, el respeto del entorno y la sostenibilidad.
5.- Respeto al mercado y a los consumidores.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO basa su actuación en el mercado en los principios de comercio lícito, libre competencia e igualdad de oportunidades, y descartar cualquier actuación orientada a conseguir un beneficio, aprovechamiento o ventaja desleal frente a los clientes, proveedores y competidores.
En consecuencia, no se consideran éticos, y por lo tanto están prohibidos los siguientes actos o conductas:
- Acceso no autorizado a información confidencial de otras empresas.
- Espionaje Industrial.
- Revelación de secretos empresariales.
- Publicidad Falsa.
7.- Evitación de los conflictos de interés.
En todos los niveles de ANTONIO ENTRENA REVUELTO existirá un deber de evitar situaciones de conflicto grave de intereses. En particular, en las decisiones sobre contratación de personal y en los negocios con terceras partes, los intereses individuales no deben influir, estableciéndose la decisión que corresponda sobre la base de los criterios objetivos.
Se considerará conflicto de intereses aquella situación en la que una decisión empresarial puede estar influida por un interés particular de un miembro de la compañía, o de terceros con los que tenga un vínculo personal. En el caso de que se detecte o se prevea alguna situación grave de conflicto de intereses deberá solicitarse el asesoramiento del Comité de Compliance.
8.- Estricto cumplimiento de la normativa fiscal y de Seguridad Social.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO cumplirá puntualmente sus obligaciones en materia fiscal y de Seguridad Social. La contabilidad de ANTONIO ENTRENA REVUELTO PSICOLOGO deberá reflejar fielmente la situación económica de la misma, incluyendo todos los ingresos y pagos que se realicen. No se aceptará ninguna maniobra tendente a ocultar ingresos o beneficios.
En todos los niveles de ANTONIO ENTRENA REVUELTO se estará atento a cualquier cliente o proveedor que intente utilizar la estructura de ANTONIO ENTRENA REVUELTO para una operación de blanqueo de capitales. Cualquier sospecha de una situación de riesgo en esta materia deberá ser comunicada inmediatamente al Canal Ético.
9.- Respecto a la propiedad industrial e intelectual.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO basa su política de creación de activos inmateriales en el formato de la creatividad y la innovación. No se permitirá, la copia o la reproducción total o parcial de activos inmateriales de terceros protegidos, sin la debida autorización previa y por escrito.
Todos los programas instalados en los ordenadores y dispositivos móviles de la empresa deberán contar con la licencia de uso correspondiente. La misma protección tendrán las marcas, patentes, diseños industriales de uso correspondiente. La misma protección tendrán las marcas, patentes, diseños industriales, nombres de dominio y demás activos inmateriales protegidos por la propiedad industrial.
10.- Corrupción en los negocios.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO PSICOLOGO basa sus relaciones con los principios de transparencia e igualdad de oportunidades, y descarta cualquier actuación orientada a conseguir una ventaja a los competidores que se base en un acto ilícito.
En consecuencia, no se podrá ofrecer ni favorecer a cargos y funcionarios públicos o a directivos de empresa privadas con dinero, regalos o cualquier otro beneficio económico o patrimonial dirigido a obtener cualquier tipo de ventajas a favor de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO dispondrá de una política anticorrupción y de una norma que regule los gastos.
11.- Seguridad Informática.
En un mundo global, marcado por las transacciones electrónicas, todos los niveles de la compañía velarán por la prevención y el control de los delitos que pueden cometerse mediante el uso de las tecnologías de la información.
En consecuencia, no se consideran éticos, y por lo tanto estarán prohibidos los siguientes actos o conductas:
- Acceso no autorizado a sistemas informáticos de competidores, o cualquier otra empresa u organización pública o privada.
- Difusión de virus o programas que puedan producir daños en activos materiales o inmateriales.
- Cualquier otro tipo de daño informáticos, incluidos los sabotajes o la simple alteración de los datos contenidos en un sistema informático ajeno.
- Las estafas electrónicas, incluyendo el phishing, y cualquier tipo de engaño basado en el uso de las tecnologías de la información.
- La realización de campañas publicitarias y promociones engañosas.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO dispondrá de una norma que regule de forma detallada el uso de los recursos TIC corporativos por parte de los usuarios, tanto internos como externos.
12.- Orden urbanístico.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO basará la gestión de sus operaciones inmobiliarias y las iniciativas de apertura y rehabilitación de nuevas tiendas, en el respeto del orden urbanístico y de la normativa tanto nacional como local que lo regula.
No se procederá a la apertura de ningún local, tanto en el mercado nacional como extranjero, que no cuente con el preceptivo informe técnico favorable.
IMPLEMENTACIÓN.
El Comité de Cumplimiento ético de ANTONIO ENTRENA REVUELTO PSICOLOGO será el órgano delegado que asesora al Consejo de Administración en la adopción de políticas que promuevan el comportamiento ético de la compañía y en el cumplimiento del presente Código.
Funciones del comité de cumplimiento.
El Comité de Cumplimiento ético tendrá las siguientes funciones:
- Comprobar la aplicación del Código ético, a través de actividades dirigidas a controlar la mejora continua de la actuación de ANTONIO ENTRENA REVUELTO PSICOLOGO.
- Recibir y analizar los avisos de violación del Código ético.
- Tomar decisiones con respecto del Código ético de relevancia significativa, proponiendo en su caso la imposición de sanciones y la adopción de medidas disciplinarias.
- Establecer controles para evitar la comisión de delitos que pudieran generar responsabilidad jurídica de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Formación.
El Código ético deberá tener máxima difusión, tanto a nivel interno como externo, mediante actividades de comunicación específicas y a través de su publicación en la página web de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Con el fin de asegurar una correcta comprensión del mismo a todos los niveles, el Comité de Cumplimiento establecerá un plan anual de formación destinados a favorecer el contenido de los principios y de las normas éticas previstas en el presente Código. Asimismo, propondrá al Consejo las mejoras al código en base a la experiencia recabada en el ejercicio de sus funciones.
MODELO DE PREVENCIÓN Y CONTROL.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO dispondrá de un Manual de Prevención y Control en el que se describirá el modelo de prevención y control orientado a evitar la comisión de delitos.
Dicho Manual contendrá una descripción de los recursos que ANTONIO ENTRENA REVUELTO aplicará para evitar que se produzcan infracciones de la ley y, en especial, actos que pudieran estar tipificados como delitos en el Código Penal.
En todos los niveles de ANTONIO ENTRENA REVUELTO se velará por la aplicación real y efectiva de las medidas de prevención y control previstas en dicha política, de manera que se consiga la eliminación de comportamientos que puedan poner en riesgo la reputación en el mercado y los activos materiales e inmateriales de la compañía.
CANAL ÉTICO/CANAL DE DENUNCIAS.
Todo el personal de ANTONIO ENTRENA REVUELTO tendrá la obligación de comunicar las situaciones de riesgo que puedan producirse dentro o fuera de la compañía, susceptibles de producir daños o perjuicios a cualquier persona física o jurídica. También deberán comunicarse las situaciones de incumplimiento de la ley o del Código ético.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO dispondrá de un Canal ético al que podrán dirigirse comunicaciones que alerten sobre la existencia de una situación de riesgo o de incumplimiento, así como cualquier propuesta de mejora del modelo de prevención y control.
Las comunicaciones al Canal ético/Canal de denuncias podrán realizarse a través de correo electrónico a la dirección entrena.r.a@gmail.com y para aquellos casos en que la denuncia pueda ser anónima el canal es el link que se encuentra al final de la página web.
El Comité ético será el responsable de gestionar dicho canal y atender las comunicaciones que se remitan al mismo. En cualquier caso, el Comité ético podrá externalizar la gestión del Canal ético a una empresa o despacho especializado. Las comunicaciones realizadas a través del Canal ético estarán protegidas por la máxima confidencialidad.
SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS.
El incumplimiento de la ley, del Código ético o de la normativa que lo desarrolle constituirá una infracción cuya graduación y sanción se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en los convenios colectivos que son de aplicación en ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
En procedimiento sancionador a aplicar será el establecido también en cada Convenio Colectivo. Dicho procedimiento se iniciará a partir de una denuncia o comunicación realizada por cualquier tercero que tenga relación con ANTONIO ENTRENA REVUELTO, debiendo procederse a su inmediata investigación por parte del Comité ético.
ACTUALIZACIÓN Y MEJORA
El presente Código ético será actualizado periódicamente con el fin de incluir las mejoras que se consideren oportunas. El Comité ético realizará una verificación anual de la aplicación del Código y del modelo de prevención y control, y propondrá las oportunas acciones de mejora que se documentarán en el Plan de Acción de la compañía que será aprobado por ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
CONEXIÓN DE LOS PRINCIPIOS ÉTICOS CON EL CÓDIGO PENAL.
El incumplimiento de los principios éticos previstos en el presente Código puede coincidir con elementos del tipo penal previstos en el Código Penal español.
A efectos meramente ilustrativos, se relacionan las siguientes conexiones.
Principio ético. Delitos relacionados. Seguridad e higiene en el trabajo. Delitos contra los derechos de los Derecho de los trabajadores. Trabajadores. Protección de la igualdad. Protección de la intimidad. Protección de la libertad sindical. Protección de la intimidad. Delitos contra la intimidad. Protección de los ciudadanos extranjeros. Protección de los menores. Explotación infantil. Protección del medio ambiente. Delitos medio ambiente. Protección del mercado y de los consumidores. Publicidad falsa, Espionaje Industrial. Libre competencia. Manipulación de concursos públicos.
Cumplimiento de las obligaciones legales. Delitos contra la Hacienda Pública y SS.
Prevención de la corrupción. Financiación ilegal de partidos políticos Corrupción pública y privada. Tráfico de influencias.
Prevención del blanqueo de capitales Blanqueo de capitales. Protección de la seguridad informática Daños informáticos. Respeto de la propiedad intelectual. Propiedad intelectual e industrial. Comercio ilícito. Delito de
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CAPACITACIÓN DE LOS EMPLEADOS.
El Comité Directivo y el Oficial de Cumplimiento son responsables de garantizar que las políticas de ANTONIO ENTRENA REVUELTO se difundan y sean comprendidas por los empleados, para esto se podrán apoyar en el Área de Recursos Humanos a fin de lograr este objetivo. El Oficial de Cumplimiento coordinará los esfuerzos de capacitación continua para que mejore y mantenga la conciencia y el apego a las Políticas de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
INFORMAR LAS CUESTIONES DE CUMPLIMIENTO (WHISTLEBLOWING) Y POLITICAS DE NO REPRESALIAS.
Como parte del compromiso de ANTONIO ENTRENA REVUELTO en establecer mecanismos necesarios y adecuados para la conformación de un Sistema Integral de Ética, contamos con un esquema multimedios de Denuncia el cual opera de forma autónoma e imparcial para registrar, documentar y en su caso investigar violaciones al Código de Conducta de ANTONIO ENTRENA REVUELTO. Los medios se encuentran a disposición de todos los colaboradores y que son operados a través de un contrato de servicios con:
La dirección de correo: entrena.r.a@gmail.com
La línea telefónica: 690.32.69.68
La página web: www.antonioentrenapsicologo.es /manual de cumplimiento.pdf
Adicionalmente, las denuncias pueden ser tramitadas de forma presencial vía el Oficial de Cumplimiento, siendo todo lo anterior difundido mediante campañas de comunicación interna de forma oportuna y periódica.
Con el apoyo del proveedor con el que se subcontrate la línea de denuncia, El Oficial de Cumplimiento mantendrá un registro de las denuncias recibidas y su proceso de atención. El registro se tratará como un documento confidencial cuyo acceso estará limitado a las personas de ANTONIO ENTRENA REVUELTO con responsabilidad especifica en materia de supervisión o cumplimiento.
El Canal ético de ANTONIO ENTRENA REVUELTO forma parte del Sistema Interno de información correspondiendo su gestión al Responsable de Cumplimiento Normativo siendo sus funciones las siguientes:
- Recepción, verificación y tratamiento diligente de las comunicaciones recibidas.
- Gestión y mantenimiento del archivo de los casos recibidos y de los expedientes generados.
- Revisión y control del funcionamiento del Canal ético.
- Elaboración de un informe anual de la gestión del Canal ético o la inclusión del mismo en el de la función de cumplimiento para los órganos de gobierno.
- Actualización periódica del procedimiento.
VIAS DE COMUNICACIÓN.
La organización se ha dotado de diversos mecanismos de reporte y comunicación interna. Por ello, eventualmente, observaciones y comunicaciones de los empelados en materia de cumplimiento de normativa interna y externa podrán cursarse a través de estos diferentes canales de la organización, entre los que se incluye el reporte al superior jerárquico, quien habrá de proceder de inmediato a corregir la situación o escalarla al nivel de responsabilidad adecuado, así como a través del Canal ético, en cualquiera de sus vías de comunicación:
Buzón: ANTONIO ENTRENA REVUELTO dispone de un buzón ubicado en la web corporativa al que se puede acceder a través de la siguiente dirección web:
Dirección postal: Avenida Guerrita N.º 27, 1º C, 14005, Córdoba.
Teléfono Departamento Cumplimiento Normativo: 615949427.
Solicitud de reunión presencial o por medios telemáticos.
“En el caso de elegir la vía presencial, el informante debe saber que las conversaciones podrán ser grabadas informándole previamente del tratamiento de sus datos de acuerdo con lo que establece el Reglamento (EU) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016. En todo caso, el informante revisará dichas grabaciones o transcripciones para verificar la autenticidad”
SISTEMA DE GESTIÓN DE COMUNICACIONES.
Comprende las herramientas informáticas habilitadas por ANTONIO ENTRENA REVUELTO para registrar y tramitar las comunicaciones recibidas y la documentación generada en su proceso de tramitación.
El Sistema de Gestión de Comunicaciones de ANTONIO ENTRENA REVUELTO cuenta con las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para garantizar el máximo nivel de confidencialidad posible. La información que contenga datos de carácter personal sensible será tratada con las medidas de seguridad apropiadas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales y el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas (en adelante, RGPD).
Las personas autorizadas para acceder a la información contenida en el Canal Ético, así como las acciones que loas mismas pueden realizar están identificadas dentro del Sistema de Gestión de Comunicaciones. Asimismo, el acceso a los datos contenidos en documentos de tramitación del Canal Ético, quedarán limitados exclusivamente al personal específico autorizado al efecto por el Responsable de Cumplimiento Normativo. Este acceso se realizará mediante la herramienta informática habilitada a tal efecto que contiene las garantías tecnológicas en cuanto accesibilidad y encriptado de información.
PROCESO DE TRAMITACIÓN DE LAS COMUNICACIONES RECIBIDAS.
La tramitación de las comunicaciones recibidas debe realizarse respetando las siguientes fases:
- Recepción de la comunicación.
- Acuse de Recibo.
- Análisis preliminar: Admisión o inadmisión a trámite.
- Decisión sobre traslado o delegación.
- Instrucción. Practica de pruebas.
- Propuesta de resolución.
- Resolución y propuesta de actuación.
- Comunicación de la Resolución a los afectados.
- Cierre de Expediente y elaboración de informes de reporte a los órganos de gobierno.
- Seguimiento de medidas y ausencia de represalias.
RECEPCIÓN DE COMUNICACIÓN.
Las comunicaciones del Canal Ético podrán recibirse a través de los distintos medios de acceso al Canal. En todos los supuestos la información se registrará en la herramienta habilitada a tal efecto, con el objeto de asegurar los principios y garantías de procedimientos, así como la seguridad de la información conforme a los valores y normativa interna y externa.
Una vez recibida la comunicación, el Responsable de Cumplimiento Normativo actuará en función del contenido:
Si se trata de una consulta, la Dirección de Cumplimiento Normativo responderá a la mayor brevedad posible a las cuestiones planteadas. En el caso de que la Dirección de Cumplimiento Normativo no resulte competente para resolver la consulta planteada se derivará la misma al Departamento correspondiente.
Si se trata de una comunicación relativa a un posible incumplimiento o irregularidad se procederá a realizar un análisis preliminar al objeto de determinar su admisión o inadmisión a trámite.
REGISTRO.
Todas las comunicaciones se registrarán en la herramienta con un número de referencia único a efectos de que sea fácilmente localizable.
El informante, en todo caso, obtendrá un código PIN y un Identificador, datos que deberá conservar para su posterior consulta y seguimiento. Esta consulta y seguimiento, podrá realizarse incluso si el informante es anónimo permitiéndole comunicarse con la Dirección de Cumplimiento sin que tenga que revelar su identidad.
Si el usuario ha aportado los datos de identificación, además, recibirá un email en la dirección de correo proporcionada, de acuse de recibo y de confirmación de los datos de acceso.
ACUSE DE RECIBO.
Si el informante se ha identificado, recibirá en el plazo de siete días un acuse de recibo automático que le notificará la adecuada recepción en dicha plataforma de su comunicación. Si el informante es anónimo, al no disponer de sus datos de identificación, no será posible enviarle el acuse de recibo. En este caso, únicamente dispondrá de los datos de acceso a su comunicación obtenidos en la fase anterior de registro.
ANALISIS PRELIMINAR: ADMISIÓN A TRÁMITE O INADMISIÓN.
Toda comunicación que se refiera a un posible incumplimiento debe ser objeto de un análisis preliminar por parte del Responsable de Cumplimiento Normativo para decidir sobre su posible admisión o inadmisión.
En caso de admisión a trámite el Responsable de Cumplimiento Normativo designará a un instructor para la gestión de la investigación.
Si del análisis preliminar resulta que la comunicación se refiere a cuestiones que no son competencia del Canal Ético, como reclamaciones comerciales o de otro tipo, se remitirán al Departamento correspondiente dando cuenta al informante.
Si se trata de una comunicación que afecte a una actuación de Socios de Negocio, se procederá a su comprobación en colaboración con él área que mantenga la interlocución con dicho Socio y, en su caso, se remitirá por el Responsable de Cumplimiento Normativo al órgano que desempeñe análogas tareas en esa entidad.
En el caso de que las comunicaciones pongan de manifiesto un inadecuado funcionamiento de algún Departamento o Área de la Organización o un incumplimiento de los compromisos con los clientes, se utilizaran los canales establecidos para tratar este tipo de quejas o reclamaciones, informando de su traslado al informante.
También se decidirá si procede acumular la instrucción a otros procedimientos análogos ya en curso.
Las comunicaciones habrán de contener para su admisión a trámite:
▪ Los hechos o comportamientos que pueden afectar a la Organización y las personas afectadas por los mismos
▪ Los elementos de acreditación o prueba de que se dispone (documentos, testigos, etc.).
No se admitirá a trámite ninguna comunicación en la que, de forma notoria, la actuación objeto de la misma no constituya una conducta que pueda implicar la comisión de alguna irregularidad o de algún acto contrario a la legalidad o a las normas de comportamiento incluidas en el Código Ético.
DECISIÓN SOBRE TRASLADO O DELEGACIÓN.
El Responsable de Cumplimiento Normativo podrá delegar toda o parte de las fases de la instrucción o solicitar el apoyo de especialistas de las áreas o empresas filiales para que colaboren en la instrucción de las comunicaciones.
Estas personas deberán guardar confidencialidad y secreto profesional en su intervención y respetar en todo caso los principios de este procedimiento.
Si una comunicación recibida en el Canal Ético incide en el ámbito de competencia de la Comisión de Investigación y Tratamiento de Situaciones de Acoso (CITSA) el Responsable de Cumplimiento Normativo dará oportuno traslado de la misma a la citada Comisión para su tramitación. CITSA informará del resultado de la resolución al Responsable de Cumplimiento Normativo a efectos de cerrar la denuncia en el Canal Ético e incluirlo en los reportes a los órganos de gobierno.
Si en cualquier momento de la tramitación se tuviese conocimiento de la existencia de actuaciones en el ámbito judicial o administrativo por los mismos hechos, el Responsable de Cumplimiento Normativo podrá acordar la suspensión de la actuación del Canal Ético y reanudarla si hubiera aspectos relevantes no decididos en aquellas.
INSTRUCCIÓN. PRÁCTICA DE PRUEBAS.
El Responsable de Cumplimiento Normativo habrá de poner de manifiesto a la persona afectada del contenido de la comunicación que le afecte, dando la oportunidad de exponer y acreditar su posición respecto de su contenido. No obstante, dicha información tendrá lugar en el tiempo y forma que se considere adecuado para garantizar el buen fin de la investigación.
La instrucción se desarrollará por el Responsable de Cumplimiento Normativo o la persona o personas por él designadas para ello, en función del tipo de comunicación y de las comprobaciones que resulten precisas. En el transcurso de la instrucción se podrán realizar las siguientes actuaciones:
▪ Solicitud de aclaración/información adicional: en los casos que se precise, requerirá a la persona que haya realizado la comunicación para que la aclare o complemente, aportando los documentos y/o datos de que pudiera disponer para acreditar la existencia de la actuación o conducta irregular.
▪ Comprobación de la veracidad y la exactitud de la comunicación en relación con la conducta descrita, respetando los derechos de los afectados. Todos los Miembros de la Organización están obligados a colaborar lealmente durante el proceso de verificación. Las intervenciones de testigos y afectados tendrán carácter estrictamente confidencial. Podrán solicitarse notas o informes a departamentos o áreas afectadas.
▪ Entrevista con la persona afectada: respetando sus derechos, se le informará del contenido de la comunicación para que exponga su versión de lo sucedido y pueda aportar los medios de prueba de los que dispusiere. Asimismo, se mantendrán entrevistas confidenciales con todas las personas que pudieran verse involucradas levantando acta por escrito de las mismas. Dichas entrevistas podrán ser grabadas informando previamente al entrevistado del tratamiento de sus datos de acuerdo con lo que establece el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016. En todo caso, el entrevistado podrá́ revisar dichas grabaciones o transcripciones para verificar la autenticidad.
▪ Atendiendo a la naturaleza de los hechos investigados, las entrevistas podrán realizarse con la presencia de un testigo (superior jerárquico, compañero de equipo u otra persona que se estime conveniente). Informes periciales de profesionales internos o externos.
▪ Acceso a documentos relacionados con el hecho comunicado, incluso a correos corporativos de la persona afectada, conforme las normas establecidas para ello.
▪ Otras actuaciones que se estimen necesarias durante la tramitación.
De todas las sesiones de la instrucción y las entrevistas realizadas en el transcurso de esta, el Responsable de Cumplimiento Normativo o, en su caso, el instructor, dejará constancia escrita.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
Concluida la fase de instrucción el instructor presentará al Responsable de Cumplimiento Normativo un informe firmado con su propuesta de resolución, y que contendrá como mínimo, los siguientes extremos:
▪ Descripción del caso comunicado.
▪ Acciones realizadas durante la instrucción del expediente, así como cualquier documentación relevante analizada y que pueda suponer evidencia para soportar las conclusiones.
▪ Resultados obtenidos en la investigación.
▪ Valoración o calificación de los hechos comprobados.
▪ Propuesta, en su caso, de medidas correctivas.
Una vez recibido dicho informe, el Responsable de Cumplimiento Normativo emitirá la correspondiente de resolución.
RESOLUCIÓN Y PROPUESTA DE ACTUACIÓN.
El procedimiento deberá finalizar en el plazo más breve posible, no superando los tres meses, salvo que la naturaleza de la materia investigada así lo requiriese en cuyo caso el plazo se ampliará por un periodo adicional de tres meses más.
Si la resolución concluye que un Miembro de la Organización ha incurrido en algún incumplimiento o vulneración de normativa interna o externa, se dará traslado al Director del Área de Recursos Humanos para la aplicación de las medidas disciplinarias que correspondan y, en caso de que así́ se considere por la relevancia del asunto, al Director del Área de Asuntos Jurídicos.
Con independencia de las medidas anteriores, si las actuaciones comprobadas tuvieran relación con una actuación administrativa o judicial de la que se tenga conocimiento, sea parte o no la Organización, se informará de inmediato a la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Cuando del contenido de la comunicación o de la instrucción de la misma se ponga de manifiesto la posible existencia de responsabilidades penales relevantes que puedan afectar a la Organización, el Responsable de Cumplimiento Normativo habrá de informar de inmediato al Consejo de Administración, a través de la Comisión de Auditoria y Control, o de su Presidente y al Director de Asuntos Jurídicos. El Consejo de Administración de ANTONIO ENTRENA REVUELTO es competente para adoptar las decisiones pertinentes respecto de la comunicación, una vez haya recibido informe adecuado de su contenido. El Responsable del Sistema procederá a comunicar la Información recibida al Ministerio Fiscal con carácter inmediato cuando los hechos pudieran ser indiciariamente constitutivos de delito dejando a salvo, cuando proceda, la protección de los derechos constitucionales que corresponden a la persona jurídica. En el caso de que se compruebe que una comunicación ha sido interpuesta de mala fe fundamentándose en datos falsos o tergiversados por un empleado, tal extremo se pondrá de manifiesto al Director de Recursos Humanos para que adopte, en su caso, las medidas disciplinarias que estime convenientes.
COMUNICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN A LOS AFECTADOS.
El Responsable de Cumplimiento Normativo comunicará por escrito las conclusiones de la resolución al informante y a la persona afectada, indicando si se ha producido o no un incumplimiento de la normativa aplicable a la Organización y, en especial, de su Código Ético.
CIERRE DEL EXPEDIENTE Y ELABORACIÓN DE INFORMES DE REPORTE.
En todo caso, de las comunicaciones recibidas, de su calificación y resolución se creará un registro sin datos personales, para acometer los estudios e informes correspondientes, y promover la corrección de las situaciones en que proceda.
De las comunicaciones recibidas, su gestión y, en su caso, resolución, el Responsable de Cumplimiento Normativo dará́ cuenta periódicamente a la Comisión de Auditoria y Control y dejará constancia en su Informe anual para el Consejo de Administración.
SEGUIMIENTO DE MEDIDAS Y AUSENCIA DE REPRESALIAS.
El Responsable de Cumplimiento Normativo realizará un seguimiento de la aplicación de las medidas adoptadas por la Dirección de Recursos Humanos derivadas de las instrucciones realizadas y de la ausencia de represalias con respecto a las personas involucradas en ellas.
CANALES EXTERNOS DE COMUNICACIÓN.
Toda persona física podrá informar ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, cualquier incumplimiento u omisión de los principios y garantías contenidos en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción, cuando la infracción o el incumplimiento informado afecte o produzca sus efectos en el ámbito territorial de más de una comunidad autónoma.
Asimismo, el informante podrá recurrir a las autoridades competentes para recibir asesoramiento, apoyo o trámite de su comunicación, recibiendo las mismas garantías establecidas para el Canal ético interno, siempre y cuando se respeten las estipulaciones recogidas en la Ley anteriormente mencionada.
COMPROMISO DEL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN.
El Responsable de Cumplimiento Normativo, así como, en su apoyo, las personas que hayan actuado por su designación, y cualquier persona que intervenga en las fases de gestión y tramitación del Canal Ético o en la tramitación de comunicaciones, deberán actuar con respeto a lo establecido en el Estatuto de la Función de Cumplimiento, realizando el trabajo con la máxima diligencia y confidencialidad, absteniéndose de revelar informaciones, datos o antecedentes a los que tengan acceso en el ejercicio de su tarea, así como de utilizarlos en beneficio propio o de un Tercero.
El Responsable de Cumplimiento Normativo y toda persona que colabore en el procedimiento de gestión del Canal Ético habrán de abstenerse de actuar si, por las personas a que afecta la comunicación o de la materia que se trata, se deriva conflicto de intereses. En el caso de que dicho conflicto lo tenga directamente el Responsable de Cumplimiento Normativo este deberá comunicarlo al Responsable de Auditoría Interna, quien asumirá́ la competencia para resolver la comunicación dando cuenta al Comité de Cumplimiento y Control de Riesgos.
RELACIONES CON OTROS PROCEDIMIENTOS VIGENTES.
Este Canal Ético no interfiere en el procedimiento de la Comisión de Investigación y Tratamiento de Situaciones de Acoso que continuará rigiéndose por su normativa específica.
Asimismo, este Procedimiento desarrolla la Política del Canal Ético donde se establece los principios y garantías del Canal Ético y los compromisos y declaración adquiridos por el Sistema Interno de Información.
DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO.
Puesto que el cumplimiento de las normas y estándares éticos compromete a toda la Organización y constituye un objeto estratégico para la misma, se espera que todo el personal conozca y respete el contenido de este procedimiento.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO reaccionará de forma inmediata ante eventuales incumplimientos de lo establecido en este Procedimiento, conforme a lo previsto en su normativa interna y dentro de los parámetros establecidos en la legislación vigente.
CONTROL, SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN.
CONTROL Y SEGUIMIENTO.
El responsable de cumplimiento normativo será el encargado de controlar y realizar el correspondiente seguimiento de forma continua de lo dispuesto en esta Política, siguiendo el procedimiento establecido en el Estatuto y el Reglamento de los Órganos de la Función de Cumplimiento.
Igualmente se ocupará de impulsar acciones para su adecuada difusión y conocimiento.
SUPERVISIÓN POR AUDITORIA INTERNA.
El departamento de Auditoría Interna revisará la adecuación y la eficacia de las medidas aplicadas en el Sistema de Gestión de Compliance Penal para supervisar el cumplimiento de las normativas aplicables a las distintas actividades de la organización, emitiendo el informe correspondiente que elevará a la Comisión de Auditoría y Control.
APROBACIÓN, ENTRADA EN VIGOR Y ACTUALIZACIÓN.
El presente procedimiento entrará en vigor en la fecha de su aprobación por el Consejo de Administración de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Este procedimiento de Canal Ético habrá de mantenerse actualizado en el tiempo. Para ello, debe revisarse de forma ordinaria con periodicidad anual, y de forma extraordinaria, y en todo caso, a la mayor brevedad, cuando se produzcan variaciones en los objetivos estratégicos o un cambio normativo externo o interno que implique su actualización o modificación.
Corresponde al Responsable de Cumplimiento Normativo valorar cualquier propuesta de modificación contando para ello con el apoyo del Comité de Cumplimiento y Control de Riesgos.
Además, si los cambios son relevantes, deberán someterse a la aprobación del Consejo de Administración previa propuesta de la Comisión de Auditoría y Control.
POLITICA DE NO REPRESALIAS.
No se podrá sancionar a ningún colaborador de ANTONIO ENTRENA REVUELTO que, de buena fe, solicite asesoría, exponga una preocupación/sospecha razonable o denuncie una posible falta de incumplimiento establecido dentro de las normas del Código de Conducta y del Manual de Cumplimiento, a las políticas y procedimientos establecidos por ANTONIO ENTRENA REVUELTO y/o a la regulación aplicable.
Tanto los empleados como los clientes y proveedores que informen, de buena fe, cuestiones de cumplimiento, presenten o ayuden a presentar denuncia o participen en la posterior investigación de dichas cuestiones, no serán objeto de represalias, acoso, perdida o disminución de beneficios, rescisión, democión suspensión, amenazas o discriminación como resultado de la investigación correspondiente se determina que la denuncia no se confirma, o en el curso de la investigación determine que la información proporcionada es imprecisa, incorrecta o incompleta o no se inicie ninguna acción posterior.
La represalia incluye cualquier acción adversa tomada porque un colaborador se ha comprometido en su actividad asociada con una denuncia de cumplimiento. Cualquier denuncia de represalias será investigada y, en su caso, sancionada.
Cada miembro de la alta dirección de ANTONIO ENTRENA REVUELTO es responsable de crear un ambiente de trabajo libre de discriminación, acoso y represalias. Las preocupaciones sobre las posibles represalias o acoso deberán reportarse al Oficial de Cumplimiento. Sin embargo, cualquier persona que realice una falsa acusación o proporcione información falsa de manera dolosa, podría ser sometida a medidas disciplinarias, que determine el Oficial de Cumplimiento en conjunto con la Dirección General.
INVESTIGAR LAS CUESTIONES DE CUMPLIMIENTO.
Cuando se dé una denuncia de la cual se derive que una conducta es incompatible con las políticas de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, el Oficial de Cumplimiento determinará si existe causa razonable para considerar que una cuestión de riesgo e incumplimiento puede existir, en ese caso el Oficial de Cumplimiento informará de la cuestión de riesgo e incumplimiento a la Dirección General y en caso de que esta esté involucrada informará al Consejo de Administración. Se espera que los empleados y los proveedores de ANTONIO ENTRENA REVUELTO cooperen plenamente con las investigaciones realizadas.
La responsabilidad para realizar las investigaciones la decidirá el Oficial de Cumplimiento con una base de caso por caso buscando en todo momento garantizar la coherencia en el proceso de revisión. Los resultados de la investigación se presentarán ante el director general. En casos donde el Oficial de Cumplimiento como la Dirección General así lo consideren, los resultados se presentarán ante el Consejo de Administración.
El proceso de investigación se adherirá a las políticas en materia de recursos humanos vigentes en ANTONIO ENTRENA REVUELTO respecto a la acción personal que se realizará.
En la medida de lo posible y según sea apropiado, se harán esfuerzos para mantener la confidencialidad de estas investigaciones y la recopilación de la información. Las consecuencias de la conducta incompatible con la política de ANTONIO ENTRENA REVUELTO abordarán de acuerdo con las disposiciones señaladas en las políticas aplicables de recursos humanos o del contrato firmado por los proveedores.
PLANES DE ACCIÓN CORRECTIVA.
Los planes de acción correctiva se diseñarán para evitar la recurrencia de situaciones específicas. De conformidad con las políticas, las acciones correctivas pueden requerir de capacitación, reasignación de obligaciones o funciones, acción personal, terminación de las relaciones contractuales, pago o divulgación externa al organismo de control adecuado de la cuestión de riesgo y las medidas adoptadas.
Si la investigación o el estudio exhaustivo arroja que algún acto de incumplimiento ha sido intencional, este resultado se informará al director general a través del reporte correspondiente. De conformidad con las políticas de ANTONIO ENTRENA REVUELTO si empleados o proveedores llegan a participar en alguna conducta dolosa, entonces estarán sujetos a medidas disciplinarias, incluyendo la consideración de la terminación del empleo o contrato de servicios respectivamente.
Los planes de acción se mantendrán en un archivo seguro por lo menos 5 años.
MEJORA CONTINUA.
Este código de conducta y Manual General de Cumplimiento Normativo está diseñado para ser flexible y fácilmente adaptable a los cambios en el Sistema Integral de Ética; este se adaptará cuando se requiera para dar cumplimiento a los requisitos internos o externos que se consideren críticos para su adecuado funcionamiento. El Oficial de Cumplimiento de ANTONIO ENTRENA REVUELTO tendrá la autoridad para revisar o modificar el Manual, todo ello con la aprobación del director General.
PRINCIPIOS GENERALES DEL CODIGO DE CONDUCTA.
Los principios generales del Código de Conducta, junto con los Manuales de Cumplimiento de la Sociedad y Ética profesional de sus Empleados constituyen los Pilares de actuación de ANTONIO ENTRENA REVUELTO. Todas las actuaciones de las Personas Sujetas han de estar guiadas por dichas pautas y principios.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO, en el ámbito de las relaciones internas, cuenta con los siguientes principios:
PRINCIPIOS ÉTICOS RESPECTO A LAS PERSONAS
Todos los sujetos del Código promoverán en todo momento, unas relaciones basadas en el respeto por los demás y la colaboración recíproca.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO asume el compromiso de velar porque exista un ambiente laboral exento de cualquier tipo de Violencia y/o acoso, con la consecuente prohibición de todo tipo de discriminación, intimidación u conducta ofensiva o impropias, faltas de respeto o cualquier tipo de agresión física o verbal en las relaciones profesionales dentro de la Sociedad.
PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN.
Los principios generales del Código de Conducta, junto con los Manuales de Cumplimiento de la Sociedad y Ética profesional de sus Empleados constituyen los Pilares de actuación de ANTONIO ENTRENA REVUELTO. Todas las actuaciones de las Personas Sujetas han de estar guiadas por dichas pautas y principios.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO, en el ámbito de las relaciones internas, cuenta con los siguientes principios:
ANTONIO ENTRENA REVUELTO tiene como principio básico, mantener el entorno laboral en el que se respete la dignidad de todas las personas y se evite cualquier tipo de conducta vulneradora de los derechos fundamentales, protegidos por la Constitución Española y el ordenamiento jurídico general.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO expresa su firme compromiso, en el principio de promover la igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo y en la promoción profesional, evitando en todo momento, situaciones de discriminación o desigualdad por razón de género, raza, condición sexual, estado civil, religión, afiliación sindical o cualquier otra circunstancia.
En consecuencia, las Personas Sujetas que intervengan en procesos de contratación, selección y/o promoción profesional se guiarán con objetividad en sus actuaciones y decisiones, con el objetivo de identificar aquellas personas más acordes con el perfil y necesidades del puesto a cubrir y muy especialmente en la contratación y promoción de directivos y en el nombramiento de los miembros de los órganos de administración, donde deberán respetarse unos altos estándares éticos.
Un requisito previo de nuestra función es la amplitud de criterios y ausencias de prejuicios respecto de las opiniones y las actitudes de otros. Aunado a ello, una de las características de ANTONIO ENTRENA REVUELTO es la gran diversidad de sus empleados y su capacidad para aprovechar sus talentos y enfoques a fin de alcanzar los objetivos de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Dichas características se materializan en la diversidad de socios con quien llevamos a cabo transacciones comerciales. ANTONIO ENTRENA REVUELTO, realiza de manera permanente mejoras a sus conceptos técnicos y empresariales en el análisis de problemas y búsqueda de nuevas soluciones. Esto requiere, una mentalidad abierta y ausente de prejuicios, hacia las personas y las ideas que estos nos proponen, a fin de permitir una evaluación imparcial de los conceptos. Cualquier discriminación contra una persona fundada en su género, raza, origen, creencia religiosa, condición física especial o cualquier otra que constituya minoría en conflicto con la escala de valores de ANTONIO ENTRENA REVUELTO. Asimismo, cualquier forma de acoso sexual es también incompatible con dicha escala. En caso de que se suscitara alguna de estas situaciones de discriminación dentro de ANTONIO ENTRENA REVULTO, se deberá informar de inmediato al Oficial de Cumplimiento. ANTONIO ENTRENA REVUELTO confía en que todos sus empleados adopten esta política como un principio permanente en el desarrollo de las tareas que realizan.
PRINCIPIOS EN PREVENCION DE RIESGOS LABORALES.
Las personas sujetas respetaran en todo momento las medidas preventivas aplicables en materia de seguridad y salud laboral. A tal fin, tienen obligación de conocer y emplear los recursos que ANTONIO ENTRENA REVUELTO ponga a su disposición en materia de seguridad y prevención de riesgos laborales y, en su caso, asegurar que los miembros de sus equipos realizan sus actividades en condiciones de seguridad.
PRINCIPIOS DE CONCILIACIÓN DEL TRABAJO Y LA VIDA PERSONAL.
Las personas sujetas promoverán un ambiente de trabajo compatible con el desarrollo personal, facilitando entre las personas de sus equipos, el acceso a las medidas que facilitan la conciliación del desempeño de la actividad profesional en ANTONIO ENTRENA REVUELTO con las necesidades de su vida personal, con el objeto de mejorar la calidad de vida de los empleados y sus familias.
PRINCIPIOS EN PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE
Las Personas Sujetas, en el ámbito se sus competencias, han de respetar las exigencias legales y procedimientos internos que se establezcan en cada momento por ANTONIO ENTRENA REVUELTO, para reducir o evitar en lo posible, el impacto medio ambiental de sus actividades.
Todo empleado de ANTONIO ENTRENA REVUELTO que tenga conocimiento de cualquier falta de cumplimiento de las normas y autorizaciones aplicables o que detecte alguna actividad que pueda poner en riesgo el Medio Ambiente, la salud y la seguridad debe informar de inmediato a su superior, quien deberá tomar las medidas necesarias de acuerdo con las exigencias internas y externas, lo mismo se aplica en caso de duda.
Todo empleado de ANTONIO ENTRENA REVUELTO debe familiarizarse, con los planes para casos de emergencia previstos para su lugar de trabajo y actividad.
Las actividades de ANTONIO ENTRENA REVUELTO no deben poner en peligro el medio ambiente, la salud o la seguridad de aquellos que trabajan dentro de la empresa. El medio ambiente, debe entenderse en su sentido más amplio: las personas, los bienes, sus condiciones y la calidad de vida; así como cada elemento de la naturaleza.
La protección del medio ambiente no solo es obligación legal, sino que responde al prestigio e imagen de ANTONIO ENTRENA REVUELTO como una entidad responsable. Esta es la base para aplicar el concepto de desarrollo sostenido en sus actividades.
PRINCIPIO DE INTEGRIDAD.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO desarrollará sus relaciones de forma legítima y honesta, evitando influencias indebidas y gestionando adecuadamente los conflictos de intereses.
PRINCIPIO DE LEGALIDAD.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO cumplirá con la legislación vigente, tanto nacional como internacional, así como con los principios del presente Código y con las Políticas y procedimientos internos, evitará interpretaciones que puedan desvirtuarlos y solicitará asesoramiento experto en caso de dudas sobre su cumplimiento y aplicación.
PRINCIPIO DE CALIDAD.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO aplicará criterios profesionales y objetivos en todas sus operaciones, y llevará a cabo la diligencia necesaria para garantizar la excelencia.
PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO basará sus relaciones con sus socios empresariales y con la Administración Pública en los principios de cooperación y transparencia, facilitando, siempre que sea posible, información sobre sus fines, actividades y proyectos de forma veraz, adecuada y útil.
PRINCIPIOS DE BUEN GOBIERNO.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO se compromete con las recomendaciones sobre buen gobierno y con los principios éticos que de ellas se derivan.
PRINCIPIO DE BUENA FE.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO actúa con lealtad y honestidad, evitando cualquier fraude o negligencia en sus actuaciones.
PRINCIPIO DE COMPROMISO SOCIAL.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO promueve acciones culturales y participa en proyectos sociales.
PRINCIPIO DE DIVERSIDAD E INCLUSIÓN.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO promueve la igualdad de oportunidades para todos y fomentamos un lugar de trabajo inclusivo y diverso.
NORMAS GENERALES DE CONDUCTA.
CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA.
Las personas sujetas, desarrollarán una conducta profesional recta, imparcial y honesta y se abstendrán de participan en actividades legales. Las personas sujetas cumplirán tanto las disposiciones (Leyes, reglamentos, y circulares de los organismos supervisores) como los Manuales de Cumplimiento y los procedimientos internos de ANTONIO ENTRENA REVUELTO que les sean de aplicación.
Toda persona sujeta que resulte imputada o acusada en un procedimiento judicial que pueda afectar a sus actividades en ANTONIO ENTRENA REVUELTO o que tenga su origen en está, deberá informar, tan pronto como sea posible, a Recursos Humanos.
Asimismo, se deberá informar a Recursos Humanos de la existencia de expedientes administrativos que le afecten, ya sea como presunto responsable, testigo o entre otro concepto, que se tramiten por las autoridades u organismos supervisores de la actividad de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES
Las personas sujetas, deberán dar prioridad al ejercicio de sus funciones en ANTONIO ENTRENA REVUELTO y no podrán prestar servicios profesionales a otras entidades o empresas competidoras, retribuidos o no, cualquiera que sea la relación en que se basen, salvo autorización expresa de Recursos Humanos previo informe favorable de Cumplimiento.
Las personas Sujetas que ejerzan otra actividad profesional deberán comunicar esa circunstancia a Recursos Humanos tan pronto como pudiera originarse.
PROFESIONALIDAD Y RESPONSABILIDAD
Las personas Sujetas emplearán su capacidad técnica y profesional y la diligencia adecuada en el desempeño de su actividad en la sociedad. En particular:
- Se responsabilizarán de alcanzar la capacitación técnica y profesional necesaria para el desarrollo de su actividad haciendo uso responsable de los medios de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
- Respetarán los procedimientos internos, contabilizarán las operaciones y llevarán los archivos y registros requeridos en su actividad, de manera exacta y rigurosa.
- Cumplirán con las normas y medidas establecidas en materia de seguridad e higiene, con los objetivos de cumplir con la prevención de riesgos laborales.
- La información económica-financiera reflejará fielmente la realidad económica, financiera y patrimonial de la empresa, acorde con los principios de contabilidad generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera que sean aplicables.
- Cuidaran los activos del Grupo a los que tengan acceso, utilizándolos en la medida que sea necesario para el ejercicio de sus funciones y absteniéndose de cualquier disposición o gravamen sin la autorización pertinente.
- Realizarán un uso correcto y apropiado de los medios puestos a su disposición en ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
- Realizarán la imputación de gastos ajustándose estrictamente a las necesidades del servicio profesional.
- Utilizaran los equipos informáticos respetando las medidas de seguridad informáticas implantadas en ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
- Respetarán los derechos de propiedad intelectual de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
- No utilizarán la imagen, nombre, marca o logo de ANTONIO ENTRENA REVUELTO fuera del ámbito del desarrollo de su actividad profesional
PAUTAS DE CONDUCTA PARA SITUACIONES CONCRETAS.
CONFLICTOS DE INTERES.
Todas las acciones y decisiones de los empleados deberán efectuarse en beneficio de los intereses de ANTONIO ENTRENA REVUELTO. Ningún empleado, debe utilizar la posición en la organización para obtener de forma directa o indirecta, un beneficio para sí mismo o para una persona cercana a él como lo señala este documento.
El conflicto de interés aparece cuando las actividades personales, sociales, financieras o políticas de los empleados pueden interferir o interfieren con la lealtad y objetividad hacia la compañía, e incluso pueden ser perjudiciales para los intereses de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Es importante señalar que el Conflicto de interés puede ser real o inherente (el colaborador se enfrenta a un conflicto real y existente), percibido (el colaborador se encuentra o podría encontrarse en una situación que podría observarse como conflictiva, aunque se hecho, no sea así) o potencial (el colaborador se encuentra o podría encontrarse en una situación que podría dar lugar a un conflicto de interés) y no necesariamente se tiene que materializar para que sea considerado como tal.
En el curso de una relación de trabajo, los empleados de ANTONIO ENTRENA REVUELTO podrían encontrarse, en una situación en que podrían valerse de los recursos de ANTONIO ENTRENA REVUELTO en provecho personal o de terceros. Toda decisión tomada por los empleados, que debe realizarse pensando en los mejores intereses para ANTONIO ENTRENA REVUELTO, con total imparcialidad y objetividad. En ciertos casos, las acciones que se generan para favorecer dichos intereses personales pueden incluso tipificar un delito penal por uso indebido de los bienes de la empresa.
Los empleados, no deben tomar ninguna decisión comercial que pueda estar influenciada por sus intereses personales. En dicho caso, será el jefe inmediato quien tome la decisión, para lo que deberá recibir toda la información relacionada con los potenciales conflictos de interés, y notificarlo al Oficial de Cumplimiento.
Los Proveedores, serán seleccionados mediante procesos de selección justos y abiertos, con base a la calidad, desempeño y costo. Por lo anterior, la elección de los proveedores externos se debe realizar de acuerdo con las políticas de compras de ANTONIO ENTRENA REVUELTO a fin de garantizar la transparencia y la inexistencia de discriminaciones.
El Departamento de compras, es el único autorizado para la gestión y actualizaciones de proveedores en los sistemas institucionales, solicitando a los proveedores, la documentación que compruebe el cumplimiento de los requisitos legales y fiscales, así como la firma de la política general de cumplimiento para proveedores contenida en la sección final del Código de Conducta y el Manual General de Cumplimiento Normativo.
Además de los Recursos que ANTONIO ENTRENA REVUELTO o cualquiera de sus empresas asociadas deberán utilizarse para ninguna de otra actividad fuera de los negocios de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
En el caso de que la responsabilidad, las acciones o las asociaciones de un empleado, pudieran dar lugar a potenciales conflictos de interés, tal situación deberá ser puesta en conocimiento del jefe a cargo, así como al Oficial de Cumplimiento de manera completa y oportuna, para que éste lo presente a la Dirección General.
En caso de que el director general de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, se encuentre en un conflicto de interés, esté deberá notificarlo por escrito al Oficial de Cumplimiento y al Consejo de Administración para su análisis y, en su caso, el establecimiento de las acciones conducentes.
Las personas sujetas, actuaran siempre de manera que sus intereses particulares, los de sus familiares o de otras personas vinculadas a ellos no primen sobre los de ANTONIO ENTRENA REVUELTO o sus clientes. Esta pauta de conducta se aplicará tanto a las relaciones con ANTONIO ENTRENA REVUELTO, como con los clientes de este, los proveedores o cualquier otro tercero.
Las personas sujetas identificaran e informaran de las situaciones de conflicto de interés tanto potenciales como reales, incluidas las derivadas de relaciones de parentesco u otras afines. Se abstendrán de participar ya en la toma de decisiones, ya en funciones de representación de ANTONIO ENTRENA REVUELTO en transacciones de cualquier tipo en las que concurra algún interés propio o de alguna persona vinculada. En consecuencia, y sin perjuicio de la citada regla general.
- No podrán adquirir ni transmitir, ni directamente ni a través de otras personas vinculadas, activos o bienes pertenecientes a ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
- No darán trato ni condiciones de trabajo especiales basadas en relaciones personales o familiares.
COMFLICTO DE INTERES ESPECIFICO.
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.
Ocurre cuando, se divulga información confidencial de ANTONIO ENTRENA REVUELTO a personas no relacionadas con los mismos, independientemente de si se hace uso o no de dicha información con cualquier propósito.
OPORTUNIDADES EMPRESARIALES.
Se genera cuando hay un ejercicio de prioridad, en perjuicio de los intereses de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, tal es el caso de la compra de un bien en el cual la compañía tiene o podría tener un interés. Así como ser socio, dueño o accionista de un cliente, proveedor o competidor de ANTONIO ENTRENA REVUELTO. En este caso, el Oficial de cumplimiento evaluará el riesgo potencial o inherente y, en conjunto con la Dirección General y el Consejo de Administración, establecerán las acciones que correspondan.
- Los consejeros o directivos no deberán adquirir activos de ANTONIO ENTRENA REVUELTO tales como automóviles, equipos de oficina u ordenadores excepto:
- La adquisición se efectúa a través de una oferta pública debidamente anunciada.
- Se haya determinado a través de las políticas de la empresa, el precio a pagar de forma justa y razonable.
RELACIONES FAMILIARES Y SENTIMENTALES ENTRE COLABORADORES Y CLIENTES, PROVEEDORES, COMPETIDORES Y AUTORIDADES.
Ocurre cuando existe una relación familiar, por consanguinidad o de afinidad entre un empleado y un cliente, proveedor, competidor etc., la cual genera un conflicto de interés potencial o inherente, en términos de lo definido al final de este inciso. En estos casos, el oficial de Cumplimiento, en conjunto con la Dirección General y el responsable de Recursos Humanos, evaluará la situación y establecerán las acciones que correspondan.
Si un exempleado de ANTONIO ENTRENA REVUELTO es socio o dueño, accionista, dirige o trabaja para un proveedor que pretende participar en un proceso de concurso, el departamento de compras comunicara al oficial de Cumplimiento, al responsable de Recursos Humanos y al Consejo de Administración para confirmar si existe o no conflicto de intereses.
Si algún familiar consanguíneo o por afinidad en los grados, de un empleado de ANTONIO ENTRENA REVUELTO es socio o dueño, accionista, dirige o trabaja para un proveedor que pretenda participar en un proceso de concurso, el departamento de Compras comunicará al oficial de cumplimiento, al responsable de Recursos Humanos y al Consejo de Administración si existe o no conflicto de interés.
PARENTESCO POR CONSANGUINIDAD.
Abuelos, Padre, Madre, Hijos, Nietos, Hermanos, Sobrinos, tíos o Primos.
PARENTESCO POR AFINIDAD (PARENTESCO POLITICO)
Cónyuge o equivalente, suegros, cuñados, sobrinos del cónyuge o equivalente a cónyuge.
Se considera que existe una relación de Equivalencia de Cónyuge en cualquiera de los siguientes casos:
- Cohabitar y estar comprometidos para casarse en un futuro inmediato-.
- Mantienen una relación en forma continua, que se espera que siga de forma indefinida, similar a la de una pareja casada, pero han elegido no casarse o no pueden casarse legalmente.
- Viven juntos, en el mismo domicilio y tienen hijos adoptados o naturales.
- Tiene propiedad o arrendamiento de bienes inmuebles en los que viven continuamente.
- El empleado proporciona o recibe cobertura o beneficio de un seguro médico u otro beneficio otorgado por la empresa, a raves de la otra parte.
- Tienen responsabilidad conjunta de bienestar mutuo, así como las obligaciones financieras entre sí.
ACEPTACIÓN DE OBSEQUIOS O PRESTAMOS.
Ocurre cuando, un empleado de ANTONIO ENTRENA REVUELTO recibe de clientes, proveedores o personas que realizan o intentan realizar negocios, ya sea prestamos, sumas de dinero, viajes o cualquier otro obsequio de carácter personal que supere un valor simbólico.
Los obsequios o favores que superen el valor de la simple cortesía o la practica comercial aceptada deberán ser rechazados o devueltos. El valor de referencia para estos obsequios es de 150€.
En el supuesto que se reciban obsequios que no pueda ser devuelto y rebase el valor de referencia se deberá notificar al Oficial de Cumplimiento para que, en conjunto, evalúen la posible donación o sorteo de este para las actividades internas de ANTONIO ENTRENA REVUELTO promueva con sus colaboradores.
El valor de cualquier obsequio no debe implicar alguna obligación por parte del empleado, proveedor o directivo de la empresa.
OFRECIMIENTO DE OBSEQUIOS.
Ocurre cuando colaboradores de ANTONIO ENTRENA REVUELTO ofrece o hace obsequios o pagos con intenciones de influenciar a socios o comerciales en sus transacciones con ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
En particular, no pueden realizarse o prometerse directa o indirectamente ningún tipo de pago u objeto de valor en beneficio de cualquier persona en el país siempre que sea:
- Funcionario público, empleado, juez o militar de algún órgano estatal o gubernamental (o que actúe en calidad de funcionario).
- Cualquier partido político, funcionario o candidato a algún puesto público, con el propósito de realizar o mantener operaciones con cualquier empresa asociada a ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Sin embargo, en profesiones y puestos, con excepción de los anteriormente citados, donde es usual ofrecer obsequios a terceros, los empleados pueden ajustarse a dichas costumbre, respetando las siguientes condiciones:
- Obra en conformidad con las prácticas comerciales aceptadas.
- No ofrecer obsequios que puedan interpretarse como un intento de corrupción ni ofrecer ni dar dinero en ningún caso.
- Obrar en conformidad con las leyes nacionales e internacionales, normas éticas profesionales y normas específicas del cliente, en particular no ofrecer ni dar obsequio a funcionarios o empleados de Gobierno o autoridades, en todo caso ofrecer obsequios que, en caso de conocimiento público no afecten de manera adversa a la imagen de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
En estas situaciones, así como en cualquier otra que no esté prevista en este manual, los empleados de ANTONIO ENTRENA REVUELTO deben informar previamente al oficial de Cumplimiento, al responsable de Recursos Humanos y al titular del Consejo de Administración, con la finalidad de evaluar un posible conflicto de interés potencial o inherente.
CORRUPCIÓN Y SOBORNO
Los profesionales del equipo de ANTONIO ENTRENA REVUELTO no podrán, directamente o a través de persona interpuesta, ofrecer o conceder, ni solicitar o aceptar ventajas o beneficios no justificados que tengan por objeto inmediato o mediato obtener un beneficio, presente o futuro, para ANTONIO ENTRENA REVUELTO, para sí mismos o para un tercero. En particular, no podrán dar ni recibir cualquier forma de soborno o comisión, procedente de, o realizado por, cualquier otra parte implicada, como funcionarios públicos, españoles o extranjeros, personal de otras empresas, partidos políticos, autoridades, administraciones públicas, proveedores, suministradores y accionistas.
En los actos de soborno, expresamente prohibidos, se incluye también el ofrecimiento o promesa, directa o indirecta, de cualquier tipo de ventaja impropia, cualquier instrumento para su encubrimiento, así́ como el tráfico de influencias. Tampoco se podrá́ recibir, a título personal, dinero de administraciones públicas, sus poderes adjudicadores, órganos encomendantes o proveedores, ni siquiera en forma de préstamo o anticipo, todo ello con independencia de los préstamos o créditos concedidos a los profesionales de ANTONIO ENTRENA REVUELTO por entidades financieras que sean órganos encomendantes o proveedoras de ANTONIO ENTRENA REVUELTO y que no estén incursas en las actividades anteriormente expresadas.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO entiende la corrupción como el uso de prácticas no éticas para la obtención de algún beneficio. La corrupción constituye una de las categorías de fraude. En ningún caso las personas del equipo de ANTONIO ENTRENA REVUELTO recurrirán a prácticas no éticas para influir en la voluntad de personas ajenas al instituto con el objetivo de obtener algún beneficio para ANTONIO ENTRENA REVUELTO, o para ellas mismas. También permanecerán alerta para que no se produzcan casos en los que otras personas u organizaciones hagan uso de estas prácticas en su relación con el instituto.
En sus relaciones con autoridades e instituciones públicas los integrantes de ANTONIO ENTRENA REVUELTO se comportarán de forma lícita y alineada con las disposiciones internacionales para la prevención de la corrupción y el soborno.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO prohíbe expresamente los pagos no contractuales o ilícitos a cualquier persona o entidad, pública o privada, con la intención de obtener o mantener negocios u otros beneficios o ventajas, así́ como aprovechar la existencia de relaciones personales con funcionarios públicos para obtener ventajas indebidas.
INFORMACIÓN PRIVILEGIADA.
Las personas sujetas que, disponga de información privilegiada no efectuarán operaciones por cuenta propia o ajena, directa o indirectamente, sobre los valores o instrumentos a los que afecte. Tampoco proveerán, ampararan o recomendaran que otros las realicen.
Se considera información privilegiada, toda la información de carácter personal o concreto que no se haya hecho pública y que, de hacerse pública, podría influir de manera apreciable sobre la cotización en mercados o sistemas organizados de contratación.
DEBER DE CONFIDENCIALIDAD.
Las personas sujetas, deben guardar el secreto profesional respecto a cuantos datos o información conozcan como consecuencia del ejercicio de su actividad profesional, ya procedan o se refieran a ANTONIO ENTRENA REVUELTO, a sus clientes y proveedores, a otras personas sujetas o a cualquier tercero. En consecuencia y sin perjuicio de lo anteriormente indicado:
- Deben utilizar dichos datos o información, exclusivamente para el desempeño de sus actividades profesionales, no podrán facilitar más que a aquellos otros profesionales que necesiten conocerlas para la finalidad y se abstendrán de usarlas en beneficio propio. Aunque tengan la posibilidad de acceder a una determinada información, este acceso solo estará justificado cuando concurra el interés profesional al que se ha hecho referencia.
- Los datos e informaciones relativos a estados financieros, y, en general, a cualquier actividad de los clientes serán tratados con absoluta confidencialidad y respeto a los límites impuestos por las Leyes vigentes en cada momento. En consecuencia, para poder trasladar cualquier información terceros, más allá de dichos limites, será necesario contar con la previa autorización expresa del cliente, salvo en los casos de requerimiento legal o una autoridad Judicial o Administrativa lo solicitará.
- La información, sobre la que por cualquier tipo de razón o circunstancia se pudiera llegar a tener conocimiento, relativa a otros empleados, Administradores y Directivos, incluida, en su caso, la relativa a cualquier dato personal o familiar, remuneraciones o información relativa a la salud, además de estar sujeta a secreto profesional, al ser de carácter personal es información sensible y por lo tanto especialmente protegida por la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.
De acuerdo con lo indicado con anterioridad en el acuerdo de confidencialidad firmado, todo empleado tiene el deber de salvaguardar los bienes estratégicos, tecnológicos, financieros y comerciales tanto los de ANTONIO ENTRENA REVUELTO como los de sus socios comerciales, mediante la protección de cualquier información confidencial que, en caso de divulgarse, podría dañar los intereses de esta y de sus socios.
La divulgación de información confidencial a terceros, intencional o no, en particular a competidores, podría dañar severamente la posibilidad de un posicionamiento competitivo en el mercado donde opera ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Asimismo, la divulgación podría provocar la violación de las obligaciones de confidencialidad respecto a otras personas, así como dar lugar a acciones por daños contra ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
De este modo es esencial examinar cualquier información que un empleado de ANTONIO ENTRENA REVUELTO desee transmitir, incluso en el contexto de las relaciones comerciales existentes con terceros.
Las personas sujetas han de cumplir la obligación de secreto incluso una vez finalizada su relación con ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
En el caso de duda, el empleado debe consultar al titular del consejo de Administración y/o al Oficial de Cumplimiento, a fin de evitar romper las reglas de confidencialidad.
Lo antes mencionado se aplica a todo tipo de información.
PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIENCIAL.
Toda la información confidencial debe guardarse en lugar seguro, donde solo, el personal autorizado tenga acceso.
Los empleados de ANTONIO ENTRENA REVUELTO que manejen información confidencial deben:
- Evaluar el grado de Confidencialidad de la información.
- Cumplir con todas las normas de identificación, circulación, reproducción y destrucción de documentos u otras formas de archivo de la información establecidas por la empresa.
- Cumplir con todas las normas internas y externas de seguridad concernientes al sistema de información.
- Antes de comunicar cualquier información confidencial a terceros, los empleados deben determinar con el Oficial de cumplimiento, si es necesario suscribir un acuerdo de confidencialidad o alguna otra medida de seguridad.
- La información confidencial debe transmitirse solo a aquellas personas que necesiten conocerla a fin de cumplir con su tarea de forma eficaz.
- Los destinatarios deben asegurar la protección de dicha información de acuerdo con su grado de confidencialidad.
- Los empleados deben abstenerse de revelar algún secreto de carácter interno o comunicación reservada que conocen o han recibido con motivo de su empleo, cargo o puesto, acción por la cual ANTONIO ENTRENA REVUELTO puede resultar perjudicado. Se destruirá todo el material físico o virtual después de que haya cumplido con su función.
- Los empleados deben informar de inmediato a su Oficial de Cumplimiento sobre cualquier incidente que pueda comprometer la confidencialidad de la información.
- Además, deberán contar con el criterio adecuado de la información que resguarden en ordenadores, móviles, laptops, o cualquier otro dispositivo. Cuando ocurra un robo o extravío de información que pudiera ser considerada como sensible deberá ser notificada de manera inmediata al Oficial de Cumplimiento.
RELACIONES CON LOS ACCIONISTAS.
La entidad manifiesta, su propósito de creación de valor para sus accionistas por lo que actuara con finalidad de conservar, proteger y aumentar los bienes, derechos e intereses legítimos de los accionistas.
A los accionistas se les trasmitirá la información de la Entidad, de manera veraz y completa.
RELACIÓN CON PROVEEDORES.
Los procesos de elección de proveedores deben caracterizarse por la búsqueda de competitividad y calidad, garantizando la igualdad de oportunidades entre todos ellos.
Las personas sujetas y, muy especialmente, aquellas con intervención en decisiones sobre la contratación de suministros o servicios o en la fijación de sus condiciones económicas, evitan cualquier clase de interferencia que pueda afectar a su imparcialidad u objetividad al respecto.
Siempre que sea posible se evitaran relaciones de exclusividad.
La contratación de suministros y servicios externos deberá efectuarse a través de procedimientos transparentes y ajustados a criterios de publicidad y concurrencia evitando formas de dependencia.
Está prohibida, la aceptación por los empleados de cualquier clase de beneficio personal, regalo (salvo que su valor no sea superior a ciento cincuenta euros 150€) tal y como se deja indicado en el apartado de Aceptación de Regalos, invitaciones, favores u otras compensaciones de proveedores. No tendrá la consideración de beneficio personal la asistencia a actos sociales, invitaciones a almuerzos profesionales, seminarios y otras actividades formativas, que hayan sido previamente autorizadas por el responsable del departamento.
Así mismo está prohibida la percepción de cualquier clase de remuneración o de financiación procedente de proveedores, así como, en general, la aceptación de cualquier clase de remuneración ajena por servicios derivados de la actividad propia del empleado.
RELACIÓN CON CLIENTES.
Se procurará evitar la relación de exclusividad con un cliente que pueda dar lugar a una vinculación personal excesiva o restringir el acceso de este a otros empelados o canales de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Se deberá poner en conocimiento de los clientes cualquier relación económica o de otra índole que pudiera suponer un conflicto de interés con ellos, adoptando las medidas necesarias para evitar que interfiera en la relación del cliente con ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Está prohibida la aceptación por los empleados de cualquier clase de beneficio personal, regalo (salvo que el valor no sea superior a 150€) tal y como indica en el apartado de Aceptación de Regalos, invitaciones, favores u otras compensaciones de clientes. No tendrá consideración de beneficios personales la asistencia a actos sociales, invitaciones a almuerzos profesionales, seminarios y otros tipos de actividades formativas, que hayan sido aprobadas previamente por el responsable de tratamiento.
COMPROMISO CON LOS CLIENTES.
La actividad de ANTONIO ENTRENA REVUELTO está orientada a satisfacer los legítimos intereses y necesidades de todos los clientes, lo que implica no solo una exigencia en el rigor técnico en la actuación, sino también y de manera ineludible;
ANTONIO ENTRENA REVUELTO tendrá una dedicación constante al cliente por todos los miembros de la entidad.
Entenderemos de la forma más completa y plena los objetivos y necesidades del cliente, facilitándole, en cada momento, las soluciones más adecuadas y personalizadas en cada caso.
El compromiso que ANTONIO ENTRENA REVUELTO adquiere con los clientes nunca mermará la independencia para los intereses de este y su defensa.
El objetivo de todos los miembros de ANTONIO ENTRENA REVUELTO no es solo alcanzar la excelencia profesional, sino también llegar de forma especial a la satisfacción del cliente en lo que a la valoración y percepción de nuestros servicios profesionales se refiere.
Dentro de esta vocación, este servicio nos exige a todos los miembros de ANTONIO ENTRENA REVUELTO una actitud abierta, sensible a todas las sugerencias y una permanente disposición para adoptar cuantas acciones fuesen necesarias o precisas para corregir posibles deficiencias o errores y con ello introducir todas las mejoras pertinentes en la actividad profesional.
La prestación de nuestros servicios ha de estar presidida por los más altos niveles de calidad, porque para ANTONIO ENTRENA REVUELTO el cliente, tiene que obtener en todo momento las soluciones más adecuadas y eficaces al asunto que nos encomiendan.
La exigencia de esta calidad requiere que todos los miembros de ANTONIO ENTRENA REVUELTO presten la máxima atención a su formación en el ámbito de sus respectivas especialidades, tanto en el plano personal como en el plano profesional, la adecuada supervisión de aquellos compañeros que, con menor experiencia profesional, colaboren con ellos, para la realización correcta de todos los encargos profesionales.
Asimismo, este compromiso con los clientes en cuanto a calidad implica poner a disposición de todos los instrumentos tecnológicos más avanzados que hagan posible una comunicación fluida y que esta facilite la más ágil y eficaz prestación de los servicios solicitados.
PROTECCCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Las personas sujetas, están obligadas a respetar el derecho a la protección de datos, el derecho al honor y la intimidad personal de todas las personas a cuyos datos tengan acceso por razón del desempeño de su actividad dentro de ANTONIO ENTRENA REVUELTO. Dicho respeto deberá aplicarse a cualquier información concerniente a una persona: datos identificativos, de filiación, familiares, económicos, audiovisuales, o de cualquier otra índole que permita su identificación.
Los datos de carácter personal serán tratados de acuerdo con los principios establecidos en la normativa de protección de datos, de manera que:
- Únicamente se recabarán los datos que sean necesarios para la actividad profesional.
- La captación, tratamiento informático o en papel y su posterior utilización se realizarán de forma que se garantice su seguridad, veracidad y exactitud, el derecho a la intimidad de las personas y su cumplimiento de las obligaciones que resulten de la normativa aplicable.
- Se garantizarán, en todo momento, el deber del secreto y confidencialidad respecto a la información de las personas y no se facilitará a terceros distintos del titular de los datos.
Los datos personales y las solicitudes ARCO-POL, están manejadas por el Compliance Office conforme a la Política de Protección de Datos Personales, dicha política tiene como objeto la protección de los datos personales recabados de forma directa o indirectamente por ANTONIO ENTRENA REVUELTO, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efectos de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas; asimismo, esta política señala que ANTONIO ENTRENA REVUELTO, se encuentra obligado a proteger la identificación y conservación de los datos personales una vez cumplida la finalidad para la cual fueron recabados, con el único propósito de determinar posibles responsabilidades en relación con su tratamiento, hasta los plazos de prescripción legal y contractual de estas. Durante dicho periodo, los datos personales no podrán ser objeto de tratamiento y transcurrido este, se procederá a su cancelación en la base de datos que corresponde.
Por lo anterior, en la página de ANNTONIOENTRENAPSICOLOGO.se encuentra la Política de Privacidad, la cual está disponible para su consulta.
USO DE LAS REDES SOCIALES.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO, otorga gran importancia a proteger la imagen y reputación. Esto incluye el uso de las redes sociales utilizadas por sus empleados, las cuales incluyen cualquier canal de comunicación digital, que permita a las personas crear y compartir contenido, así como la publicación de comentarios. Por lo anterior, el uso de estas debe de hacerse de forma responsable, ya que los materiales como fotografías, videos, comentarios u opiniones podrían afectar negativamente la imagen y reputación de ANTONIO ENTRENA REVUELTO y/o sus empleados, por lo que al usarlas se debe tener en cuenta que el contenido creado, compartido y/o publicado puede ser de carácter público y su permanencia en la red puede ser indefinida.
Los empleados deben también tener presente que:
- No deben afirmar que hablan en nombre de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, por lo que no está permitido crear páginas que no sean oficiales de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, salvo que estén expresamente autorizados para hacerlo.
- Insultar o cometer actos discriminatorios contra un compañero de trabajo, colaborados, proveedor y/o competidor, haciendo referencia a ANTONIO ENTRENA REVUELTO, es decir, se deberá tratar a todas las personas con dignidad y respeto.
- Filtrar información confidencial sobre ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
- Publicar imágenes de las instalaciones que puedan poner en riesgo la seguridad de la compañía, por ejemplo, en las áreas de Documentación.
- Las infracciones a estos lineamientos serán evaluadas por el Oficial de Cumplimiento en conjunto con el director general quienes, en caso de ser necesario, evaluarán las medidas a tomar.
- La presente política aplica redes sociales públicas, como Facebook, -twittwe, -instagram, entre otras.
NORMAS DEL MANUAL DE PREVENCION DEL BLANQUEO DE CAPITALES.
Las personas sujetas, cumplirán estrictamente las normas que se establecen en el Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo. Observaran una especial diligencia en el cumplimiento de las normas siguientes:
- Se asegurarán de tener un adecuado conocimiento del cliente, cumpliendo con las normas del Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo sobre debida diligencia y conocimiento del cliente.
- Confirmaran y documentaran la verdadera identidad de los clientes con los que mantengan cualquier tipo de relación comercial, así como cualquier información adicional sobre el cliente, siempre de acuerdo con lo previsto en la normativa de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo que resulte de aplicación.
- Exigirán los documentos que acrediten los poderes de las personas que autoricen transacciones en nombre del cliente.
- Identificaran a la persona o personas físicas que en último término posean o controlen, directa o indirectamente, un porcentaje del 25% de las acciones, derechos o bienes de las personas jurídicas u otras entidades legales, salvo las cotizadas en un mercado regulado.
- No aceptaran los clientes que constan como prohibidos en el Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales y de Financiación del Terrorismos.
- Cumplirán con los requisitos del Manual de prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo para la obtención de documentos y el registro y comunicación de las operaciones.
- Comunicaran inmediatamente cualquier información tanto interna como externa sobre los clientes u operaciones a los que se refiera cualquier comunicación de actividad sospechosa.
- Adoptaran de forma rigurosa las medidas que, para concretas situaciones de riesgo, se establecen en el Manuela de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.
ACEPTACIÓN DE REGALOS EN EL BLANQUEO DE CAPITALES.
Está prohibido que las personas sujetas acepten cualquier tipo de ingresos o comisiones por operaciones efectuadas por la Sociedad, ni que obtengan de otra forma provecho de la posición que se abstente en la misma en beneficio propio.
Así, cualquier invitación, regalo o atención que por su carácter, frecuencia, características o circunstancias pueda ser interpretado como hecho con la voluntad de influir en la objetividad del receptor, será rechazado y puesto en conocimiento del director de área o de Recursos Humanos.
En consecuencia, ninguna persona sujeta puede aceptar regalos, invitaciones, favores o cualquier otro tipo de compensación vinculada con su actividad profesional en la Sociedad y que proceda de clientes, proveedores, intermediarios, contrapartidas o cualquier otro tercero. No incluyen en dicha limitación:
El material promocional y publicitario de escaso valor o cualquier otro regalo cuyo valor no sea superior a 150€.
Las invitaciones normales que no excedan de los limites considerados razonables en los usos sociales habituales.
Las atenciones ocasionales por causas concretas y excepcionales, siempre que no sean en metálico y estén dentro de los límites razonables.
En todo caso, las personas sujetas solicitaran autorización a su director de área respecto de cualquier regalo, invitación o atención cuyo valor sea superior a 150€.
UTILIZACION DE ACTIVOS
Las personas sujetas velaran porque los activos de la Sociedad no sufran ningún menoscabo. A tal fin, respetaran las siguientes normas en su utilización:
- Protegerán y cuidaran los activos de los que dispongan o a los que tengan acceso y los utilizaran de forma adecuada a la finalidad para cuyo ejercicio han sido entregados.
- No realizaran ningún acto de disposición o gravamen sobre los mismos sin la oportuna autorización.
- Cuidaran que la realización de los gastos se ajuste estrictamente a las necesidades de su actividad profesional, y que permitan un alto grado de eficiencia en el uso de los recursos disponibles.
USO DE LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LA COMUNICACIÓN.
Las personas sujetas cumplirán estrictamente las normas que se establezcan por ANTONIO ENTRENA REVUELTO en cada momento en materia de seguridad informática y en particular:
Prestaran especial protección a los sistemas informáticos, adaptando todas las medidas de seguridad para proteger los mismos.
Respetaran las normas específicas reguladoras de la utilización de correo electrónico, acceso a internet u otras posibilidades similares puestas a su disposición, sin que en ningún caso pueda producirse un uso inadecuado de estos medios. La utilización de los equipos, sistemas y programas informáticos que ANTONIO ENTRENA REVUELTO pone a disposición de los empleados para el desarrollo de su trabajo, incluida la facilidad de acceso y operativa en internet, deberá ajustarse a criterios de seguridad y eficiencia, excluyendo cualquier abuso, acción o función informática contraria a las instrucciones o necesidades de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Las personas sujetas no deberán hacer uso de los medios de comunicación de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, tales como foros, páginas web u otros, para expresar contenidos, ideas u opiniones o informar de contenidos políticos o de otra índole, ajenos a la actividad de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Las personas sujetas no deben instalar o utilizar los equipos informáticos que la Sociedad pone a su disposición programas o aplicaciones cuya utilización sea ilegal o que puedan dañar los sistemas o perjudicar la imagen o los intereses de la Sociedad, de los clientes o terceras personas.
Las personas sujetas no deben utilizar las facilidades informáticas a su disposición en ANTONIO ENTRENA REVUELTO para fines ilícitos, ni para cualquier finalidad que pueda perjudicar la imagen o los intereses de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, de los clientes o de terceras personas, afectar al servicio y dedicación de los empleados o perjudicar el funcionamiento de los recursos informáticos de la Sociedad.
El uso de las referidas facilidades podrá ser controlado por ANTONIO ENTRENA REVUELTO respetando la intimidad personal de acuerdo con la Ley, siempre que se trate de sistemas informáticos de la empresa, tanto si la utilización se produce dentro de la misma como a través de Teletrabajo o cualquier otro acceso.
Cada persona sujeta será responsable de bloquear o desconectar su terminal cuando se ausente del puesto de trabajo. En caso de ausencia o de cese de la relación laboral, ANTONIO ENTRENA REVUELTO podrá anular el acceso del empleado a los sistemas informáticos de la entidad.
La información almacenada o registrada por el empleado en los servidores, medios o sistemas de propiedad ANTONIO ENTRENA REVUELTO podrá ser objeto de acceso justificado por ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL DEL GRUPO.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO es titular de la propiedad y de los derechos de uso y explotación de los programas y sistemas informáticos, equipos manuales, videos, proyectos, estudios, informes y demás obras y derechos creados, desarrollados, perfeccionados o utilizados por sus empleados, dentro de su actividad laboral o en base a las facilidades informáticas de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Las personas sujetas respetaran la propiedad intelectual y el derecho al uso que corresponde a ANTONIO ENTRENA REVUELTO en relación con los programas informáticos; equipos, manuales y videos; conocimientos, procesos, tecnología, “Know-How” y, en general, demás obras y trabajos desarrollados o creados en la Sociedad. Por tanto, su utilización se realizará en el ejercicio de la actividad profesional y se devolverá todo el material en que se soporten cuando sean requeridas.
Las personas sujetas no deberán explotar, reproducir, replicar o ceder los sistemas y aplicaciones informáticas de ANTONIO ENTRENA REVUELTO para finalidades ajenas al mismo, tanto si dicha actividad es remunerada como si no y aunque dicha actividad se realice utilizando cualquier sistema, medio o aplicación informática de la Sociedad aun fuera del horario laboral del empleado.
No utilizaran la imagen, nombre, marca o logo de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, salvo para el adecuado desarrollo de su actividad profesional en el mismo.
Las personas sujetas respetaran asimismo los derechos de la propiedad intelectual e industrial que ostenten terceras personas ajenas a ANTONIO ENTRENA REVUELTO. En particular la utilización en la sociedad de cualquier contenido perteneciente a terceros requerirá la obtención de la previa autorización de dichos terceros.
IMAGEN Y REPUTACIÓN CORPORATIVA.
La empresa considera su imagen y reputación corporativa como un activo muy valioso para preservar la confianza de los accionistas, empleados, clientes, proveedores, autoridades y de la sociedad en general. Los sujetos del Código deberán poner el máximo cuidado en preservar la imagen y reputación de ANTONIO ENTRENA REVUELTO en todas sus actuaciones profesionales.
CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES.
Las personas sujetas realizaran sus operaciones en los mercados financieros (incluidos los de valores y otros instrumentos financieros) de acuerdo con los siguientes principios:
- No realizaran operaciones con ánimo de lucro inmediato o con carácter recurrente o repetitivo (operaciones especulativas), o que requieran, por su riesgo, volatilidad u otras circunstancias, en seguimiento continuo del mercado que interfieran en su actividad profesional de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
- Evitaran el endeudamiento excesivo para financiar sus operaciones y en ningún caso operaran en descubierto o sin la suficiente provisión de fondos.
- No realizaran operaciones con base en información confidencial de clientes o proveedores, obtenida en el transcurso de su trabajo o por las funciones que tenga encomendadas. En particular, las personas sujetas que dispongan de información privilegiada no podrán realizar operaciones sobre los valores o instrumentos financieros a los que afecte, ni aconsejar a otros a realizarla, ni transmitir contenido de estas salvo en el ejercicio de sus funciones profesionales.
- Es información privilegiada toda información de carácter concreto que se refiera directa o indirectamente a uno o varios valores o instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado o sistema organizado de contratación o en curso de serlo, o a emisores de estos, que no haya sido hecha pública y que si lo fuera podrí influir de manera apreciable sobre su cotización.
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS.
Las personas sujetas evitaran todas aquellas prácticas que supongan la ilícita elusión del pago de tributos en perjuicio de la Hacienda Pública.
Las personas sujetas evitaran en todo caso la utilización de estructuras de carácter opaco con finalidades tributarias, entendiéndose por tales aquellas que estén diseñadas con el propósito de impedir el conocimiento por parte de las autoridades fiscales del responsable final de las actividades o el titular último de los bienes o derechos implicados.
Los administradores estarán informados de las políticas fiscales aplicadas por ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
OBLIGACIONES CONTABLES.
La información financiera del Grupo se elaborará con fiabilidad y rigor, asegurándose que:
- Las transacciones, hechos y demás eventos recogidos por la información financiera efectivamente existen y se han registrado en el momento adecuado.
- La información refleja la totalidad de las transacciones, hechos y demás eventos en los que la entidad es parte afectada.
- Las transacciones, hechos y demás eventos se clasifican, presentan y revelan en la información financiera de acuerdo con la normativa aplicable.
- La información financiera refleja, a la fecha correspondiente, los derechos y obligaciones a través de los correspondientes activos y pasivos, de conformidad con la normativa aplicable.
RELACIONES EXTERNAS.
Los miembros de ANTONIO ENTRENA REVUELTO le dedicaran a la firma toda la capacidad profesional y esfuerzo para el ejercicio de sus funciones.
Todos los trabajadores de ANTONIO ENTRENA REVUELTO realizarán en régimen de dedicación exclusiva salvo pacto contrarío, las actividades profesionales, de gestión interna y de cualquier otro tipo encomendado por ANTONIO ENTRENA REVUELTO, de acuerdo con la calificación y titulación profesional de cada uno.
Los profesionales de ANTONIO ENTRENA REVUELTO no podrán prestar, por cuenta propia o ajena, a sociedades u otras entidades distintas servicios laborales o profesionales similares a los prestados por ANTONIO ENTRENA REVUELTO o que puedan suponer un conflicto de interés con estos.
PERTENENCIA A PARTIDOS, ASOCIACIONES, FUNDACIONES O INSTITUCIONES DE INDOLE PÚBLICA.
La vinculación, pertenencia o colaboración con partidos políticos o con otro tipo de entidades, instituciones o asociaciones con fines públicos o que excedan de los propios de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, así como las contribuciones o servicios a los mismos, en el supuesto de que se realicen, deberán efectuarse, de manera que quede claro e inequívoco que se realizan a título exclusivamente personal, evitando cualquier posible interpretación de vinculación o asociación con ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Las Personas Sujetas que quieran aceptar cualquier cargo público deberán ponerlo en conocimiento de su responsable de área y de la Dirección de Recursos Humanos, siempre que el desempeño del cargo público de que se trate pueda afectar de forma directa o indirecta a la actividad desarrollada en ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO respeta el desempeño de actividades sociales y públicas por parte de todos sus trabajadores, siempre que no interfieran en la labor cotidiana que asumen en la firma, ni cause perjuicio a la misma.
Cualquier vinculación con partidos, asociaciones o fundaciones con fines públicos se realizarán de manera que salvo que estén promovidas por la firma, quede claro que tienen un carácter personal, evitándose en todo momento que este tenga alguna responsabilidad.
En ningún momento y queda totalmente prohibido hacer referencia a la firma.
PARTICIPACIÓN EN CURSOS Y SEMINARIOS EXTERNOS.
La participación de las personas sujetas como ponentes de cursos o seminarios externos requerirá la previa autorización del director de su área cuando se acuda en representación de ANTONIO ENTRENA REVUELTO o por razón de la función ejercida en ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
La empresa de ANTONIO ENTRENA REVUELTO promueve y fomenta en todo momento las actividades docentes, tanto en centros de enseñanza públicos como privados, así como la participación en máster, seminarios la publicación de artículos y otro tipo de colaboraciones, siempre que tales actividades no interfieran en el desempeño normal del despacho.
Dichas actividades deberán ser previamente comunicadas y contactar con el consentimiento del director general o el Oficial de Cumplimiento que lo estudiarán en cada caso particular.
RELACION CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
Las personas sujetas se abstendrán de transmitir, por propia iniciativa o a requerimiento de terceros, cualquier información o noticia sobre ANTONIO ENTRENA REVUELTO o sobre terceros a los medios de comunicación, debiendo informar en estos casos al área responsable de la comunicación externa. Las personas sujetas evitarán la difusión de comentarios o rumores.
El uso de los medios de comunicación para la difusión de información, realización de manifestaciones o la muestra de imágenes que puedan resultar imprudentes, inadecuadas, inapropiadas, ofensivas, discriminatorias, difamatorias, que vulneren el deber de sigilo y secreto profesional o que puedan afectar al prestigio de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, quedan totalmente prohibidos.
RELACIÓN CON AUTORIDADES.
Las relaciones de las personas sujetas con los representantes de las autoridades se regirán con los principios de respeto y colaboración en el marco de sus competencias.
Es responsabilidad de ANTONIO ENTRENA REVUELTO es trabajar de forma eficiente con las autoridades. Respecto a éstas ANTONIO ENTRENA REVUELTO, puede estar, bien en la posición solicitante o demandante, o en posición de demandado. A fin de promover una política uniforme en el ámbito de ANTONIO ENTRENA REVUELTO y debido a que el primer contacto con las autoridades es decisivo con frecuencia, todos los profesionales y relaciones que puedan exponer la imagen o responsabilidades de ANTONIO ENTRENA REVUELTO deben manejarse en cooperación con junta con el Director General y el Oficial de Cumplimiento, los cuales coordinaran en estos casos importantes, las relaciones con las autoridades judiciales, bursátiles y competentes; el departamento fiscal en nuestra empresa coordina las relaciones con la administración fiscal. En la misma forma todos los departamentos se coordinan de la misma forma.
Toda notificación recibida por ANTONIO ENTRENA REVUELTO respecto a un procedimiento legal o emitido por las autoridades judiciales, como reclamación de informes, litigios, investigaciones, notificaciones de demandas, citaciones, etc.; deben ser comunicadas de inmediato a la Dirección general, quien de manera inmediata preparará las respectivas contestaciones.
Las relaciones con otras entidades administrativas y organismos deben manejarse por medio de los departamentos que son responsables y competentes para discutir y tratar con dichas autoridades.
Todos los empleados que tengan el poder de actos administrativos deben asegurar que la redacción de los contratos beneficie el éxito de la operación y de ANTONIO ENTRENA REVUELTO de a tales efectos, antes de suscribir un contrato es imprescindible un cálculo de riesgo respecto a los derechos y obligaciones que ANTONIO ENTRENA REVUELTO estaría contratando.
Durante la vigencia de un contrato pueden ocurrir hechos que cambien las condiciones en las cuales éste se suscribió, por lo que será necesaria su modificación. Cabe recordar que, en general, toda la modificación de un acuerdo requiere del consentimiento de las contrapartes.
Es importante recordar que el original del contrato, en general, suele ser la única prueba de compromisos asumidos y que debe, por consiguiente, entregarse al Oficial de Cumplimiento, el cual asegurará su registro y salvaguarda.
Respecto a la prevención del riesgo contractual, las operaciones comerciales de rutina de ejecución inmediata se tratarán de acuerdo con las políticas, los procedimientos y las condiciones generales establecidas por cada asunto.
El director de finanzas y su equipo debe recibir toda la información útil y relevante para preparar contratos conforme a las condiciones pactadas. La asesoría Legal de ANTONIO ENTRENA REVUELTO puede elaborar formularios estándares para cierto tipo de acuerdos, a fin de usarlos de manera posterior.
Las minutas de contratos propuestas por terceros no deben ser suscritas sin previa revisión del Departamento de Fianzas y el director general.
Todo empleado que tiene el poder de suscribir contratos de ANTONIO ENTRENA REVUELTO debe cumplir con los procedimientos para aceptar y suscribir los contratos establecidos para su compañía. Cualquier documento relacionado con la negociación o implementación de un contrato deberá preservarse de acuerdo con las leyes y la política que cada compañía elabora conforme con las leyes de la zona.
Se debe informar de manera inmediata al director del departamento financiero y al director general de:
- Cualquier duda respecto de la implementación o cumplimiento de un contrato.
- Cualquier disputa que surja durante el cumplimiento del contrato.
- Cualquier alteración contractual pretendida.
Los responsables de Recursos Humanos es el encargado de suscribir los contratos laborales y la confidencialidad de los empleados.
NORMAS ESPECIFICAS PARA EVITAR CONDUCTAS DE CORRUPCIÓN.
- CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD.
En la cultura de ANTONIO ENTRENA REVUELTO es prioritario el respeto de la legalidad, lo que implica la obligación, sin excepciones, de cumplir con la legislación y con las políticas y reglamentos internos, en particular en ANTONIO ENTRENA REVUELTO:
Rechaza cualquier conducta, practica o forma de corrupción, prohibiendo de forma expresa toda actuación de esta naturaleza.
Todos los profesionales deben observar un comportamiento ético en todas sus actuaciones y evitar cualquier conducta que, aun sin violar la ley, pueda perjudicar la reputación de ANTONIO ENTRENA REVUELTO y afectar de manera negativa a sus intereses y/o su imagen pública.
PAUTAS PARA EVITAR INCURRIR EN UNA COINDUCTA DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS PUBLICOS.
Esta absolutamente prohibido la entrega, promesa u ofrecimiento de cualquier clase de pago, comisión, regalo o retribución a cualesquiera autoridades, funcionarios públicos o empelados, directivos de empresas u organismos públicos, tanto en España como en el extranjero.
En el supuesto que ANTONIO ENTRENA REVUELTO contrate con agentes, intermediarios o asesores para llevar a cobo transacciones o contratos en los que intervenga una Administración pública, un organismo o empresa públicos, tanto de nacionalidad española como extranjera, se adoptaran las siguientes medidas:
Siempre que sea posible se utilizaran agentes, intermediarios o asesores entidades de reconocido prestigio en el mercado o sector de que se trate.
Se adoptarán la diligencia debida en la selección de las personas intervinientes y sus colaboradores, para asegurarse que son dignos de confianza y no realizan actividades que puedan implicar riesgos, perjuicios económicos o comprometer la reputación y buena imagen de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Las personas sujetas deberán rechazar y poner en conocimiento de la Dirección cualquier solicitud por autoridades, funcionarios públicos, empleados o directivos de empresa u organismos públicos, tanto de España como en el extranjero de pagos, comisiones, regalos o retribuciones de las mencionadas anteriormente en este apartado.
PAUTAS PARA EVITAR INCURRIR EN UNA CONDUCTA DE CORRUPCION DE PARTICULARES.
Se prohíbe la entrega, promesa u ofrecimiento de cualquier clase de pago, comisión, regalo o retribución a cualesquiera empleados, directivos o administradores de otras empresas para que favorezcan a ANTONIO ENTRENA REVUELTO respecto a otros competidores.
La persona sujeta deberá rechazar y poner en conocimiento de la Dirección cualquier solicitud por terceros tanto en España como en el extranjero de pagos, comisiones, regalos o retribuciones de las mencionadas con anterioridad a favor de ANTONIO ENTRENA REVUELTO en perjuicio de terceros.
APLICACIÓN DEL CODIGO DE CONDUCTA.
El comité directivo y el Oficial de Cumplimiento son los responsables de garantizar que las políticas de ANTONIO ENTRENA REVUELTO se difundan y sean comprendidas por todos los integrantes, por esto se podrán apoyar en el área de Recursos Humanos. A fin de lograr este objetivo, el Oficial de Cumplimiento coordinará los esfuerzos de capacitación continua para que mejore y mantenga la conciencia y relación estrecha con ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
El Canal Ético se comunicará a todos los miembros del grupo, para informa que tipo de conductas pueden implicar por acción u omisión, la comisión de alguna irregularidad o de algún acto contrario a la legalidad, a las normas deontológicas o a las normas de este Código Ético o de las disposiciones del Sistema Normativo Interno.
Los responsables de cada Departamento velaran por el Cumplimiento del Código de Conducta en sus respectivos ámbitos.
La supervisión del cumplimiento del Código de Conducta corresponde al Órgano de Vigilancia tal y como se define en el Manuela de Prevención de Riesgos Penales. Dicho órgano incluirá en su modelo de revisión los controles necesarios para comprobar que se cumple lo establecido en el Código de conducta, hará las propuestas necesarias para su mejora, e informará periódicamente a los administradores sobre la aplicación de este.
Los administradores aprobaran el presente Código y cualquier otro reglamento o código de conducta interno del grupo.
La comunicación deberá respetar los criterios de veracidad y proporcionalidad, de forma que se refieran únicamente a supuestos hechos o actuaciones que tengan una efectiva implicación en la relación entre el Despacho y los denunciados
La identidad de las personas que comuniquen las irregularidades a través del canal de denuncias tendrán la consideración de información confidencial y por lo tanto, no será comunicada sin su consentimiento al denunciado, ni al resto de los miembros de la organización (excepto al Órgano de Gobierno y al Oficial de Cumplimiento para instruir el expediente), garantizando la reserva de la identidad del denunciante y evitando así cualquier tipo de respuesta hacia el denunciante por parte del denunciado por consecuencia de la denuncia.
ANTONIO ENTRENA REVUELTO dispone de un canal de denuncias que permite a los Sujetos del Código poner en conocimiento del Órgano de Vigilancia, de manera confidencial, las preguntas infracciones del Código de Conducta, así como la posible comisión de irregularidades de naturaleza financiera y/o contable o la realización de cualesquiera otras actividades irregulares o fraudulentas en el seno de la organización.
Corresponde al Órgano de Vigilancia poner a disposición de las personas sujetas el Código de Conducta, organizar la formación para su adecuado conocimiento e interpretar y atender en general consultas que las personas sujetas planteen.
PLANES DE ACCIÓN CORRECTIVA.
Los planes de acción correctiva se diseñarán para evitar la recurrencia de situaciones específicas. De conformidad con las políticas, la acción correctiva puede requerir de capacitación, reasignación
El comportamiento de todos los profesionales debe ajustarse al cumplimiento del presente Código; mantendrán una actitud colaboradora y responsable en la identificación de situaciones de real o potencial incumplimiento de los principios éticos y normas de conducta contenidas en este Código, y las comunicara a instancias encargadas de resolverlas. El incumplimiento del Código puede dar lugar a la aplicación del régimen sancionador establecido en la normativa laboral vigente, sin perjuicio de las sanciones administrativas o penales, en su caso, que pudieran ser aplicables.
Una vez que el Compliance Officer haya llevado a cabo una investigación con los grupos de interés correspondientes y haya confirmado que se han infringido las disposiciones establecidas en el presente Código u otras políticas, ANTONIO ENTRENA REVUELTO adoptará medidas proporcionales al riesgo o a los daños causados, incluidas medidas disciplinarias.
Dichas medidas disciplinarias o preventivas incluyen despido o, en caso de infracciones penales u otras infracciones graves de la ley, la notificación a los organismos gubernamentales competentes.
Estas medidas no sólo se aplicarán a las personas cuya conducta haya causado el riesgo o los daños, sino también a cualquier miembro de ANTONIO ENTRENA REVUELTO que los haya ocultado o no los haya notificado. Dicha conducta se considera en sí misma una infracción de los valores y principios éticos con los que se compromete ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
ANEXO. POLITICA GENERAL DE CUMPLIMIENTO PARA PROVEEDORES.
Estimado proveedor:
A fin de lograr el éxito deseado en todos los mercados ANTONIO ENTRENA REVUELTO debe tener una excelente reputación a nivel nacional e internacional no solo respecto a los productos que ofrece, sino también en el modo en lo que se refiere a la relación con ustedes, a quien consideramos nuestros socios en el negocio.
Nuestros elementos de ética, cumplimiento y normas legales están íntimamente relacionados con situaciones puntuales en el entorno de nuestras relaciones laborales y comerciales. Dichas normas resumen los asuntos más relevantes relacionados con la ética y las buenas conductas de cada uno de los que integramos ANTONIO ENTRENA REVUELTO, estas disposiciones en detalle las puedes encontrar para ampliar consulta en la página web: Código de Conducta y Manual de Cumplimiento Normativo.
Las normas establecidas en estos documentos nos obligan a todos, incluidos los proveedores de servicios, productos y/o cualquier otro tipo de bien mueble o inmueble, a respetar de manera integral los preceptos que gobiernan nuestras prácticas empresariales.
Todos los departamentos de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, se abstienen de realizar negociaciones con empresas que hayan efectuado operaciones ilegales y/o actividades no éticas, tales como el soborno o empleos a menores de edad, trabajos involucrados a la trata de personas.
Si al procurar prestar sus servicios, a usted le es solicitada una condición especial, un favor personal o un arreglo económico fuera de la negociación inicial, hágalo saber de forma inmediata al correo electrónico entrena.r.a@gmail.com o bien llame a la línea de teléfono 690.326.968 de lo contrario, estará siendo cómplice de hechos o conductas que se encuentran tipificadas como delitos, los cuales podrían hacerse con una sanción por parte de ANTONIO ENTRENA REVUELTO. De la misma manera, le solicitamos se abstenga de incurrir a actos o hechos que puedan considerarse violatorios de las normas de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, así como realizar operaciones con empleados pertenecientes a ANTONIO ENTRENA REVUELTO, si la situación crea un conflicto de interés potencial o inherente.
Finalmente queremos compartir que en cualquier momento a lo largo del año y especialmente en fechas descritas, de acuerdo con nuestras políticas de Cumplimiento, no está permitido ofrecer, dar, exigir o aceptar regalos de Clientes o de Proveedores. Por lo anterior, le confirmamos que aun en un contexto de cortesía en nuestras relaciones comerciales, no es necesario hacer ningún regalo a sus contactos internos de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, quienes valoran nuestra relación de negocio en términos de los logros alcanzamos mutuamente, así como en la construcción de relaciones basadas en la confianza.
Estas políticas evolucionaran y se adaptaran a los cambios del contexto reglamentario y ético tanto del país como de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
Agradecemos su firma de aceptación al final de este documento.
Firma ANTONIO ENTRENA REVUELTO Firma CLIENTE.
ANEXO I.- DEFINICIONES.
Se relacionan a continuación las definiciones de aquellos términos que se utilizan de manera frecuente en el presente documento y en las normas relacionadas que conforman el Sistema de Gestión de Compliance Penal de ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
- Alta Dirección: órgano de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, que dirige y controla la gestión de la Organización.
- Comisión de Auditoría y Control: órgano permanente del Consejo de Administración, de carácter informativo y consultivo, sin funciones ejecutivas, con plenas facultades de información, asesoramiento y propuesta dentro de su ámbito de actuación, que comprende, entre otras áreas, la del Cumplimiento Normativo.
- Comunicación: declaración por la que cualquier Miembro de la Organización, Socio de Negocio o Tercero deja constancia de una cuestión acerca del alcance, interpretación o cumplimiento de la normativa aplicable a la Organización. En función de su contenido, una comunicación puede contener una consulta o una denuncia.
- Consejo de Administración: órgano de administración de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, responsable último de la gestión y el resultado de las actividades desarrolladas por la sociedad, de su sistema de gobierno y políticas corporativas, al que la Alta Dirección informa y rinde cuentas.
- Consulta: comunicación por la que cualquier Miembro de la Organización, Socio de Negocio o Tercero solicita una aclaración, respuesta o criterio sobre el alcance, interpretación o cumplimiento de la normativa aplicable a la Organización.
- Dirección Operativa: Miembros de la Organización que, como primera línea de defensa, son responsables de cumplir con las políticas y procedimientos establecidos por la Organización.
- Incumplimiento: comportamiento, activo u omisivo que suponga la infracción de la normativa aplicable de ANTONIO ENTRENA REVUELTO. Un incumplimiento puede ser más o menos grave, abarcando desde el mero incumplimiento formal de un requisito incluido en una norma interna hasta la comisión de hechos constitutivos de un delito potencialmente imputable a la Organización.
- Informante: persona física que notifica a través del Sistema Interno de Información comportamientos individuales o colectivos que concurran dentro de la Organización y que puedan suponer una contravención del contenido del Código Ético o del resto de documentos del Sistema de Gestión de Compliance Penal.
- Miembros de la Organización: los integrantes del Consejo de Administración, la Alta dirección, directivos, empleados, trabajadores o empleados temporales o bajo convenio de colaboración, y voluntarios de la Organización y el resto de las personas bajo subordinación jerárquica de cualquiera de los anteriores.
- Perímetro de Control Penal: incluye ANTONIO ENTRENA REVUELTO y a las entidades que se adhieran a la Política de Prevención de la Comisión de Delitos y al resto del Sistema de Gestión de Compliance Penal de ANTONIO ENTRENA REVUELTO por decisión de sus órganos de administración social, no teniendo ni CCO propio ni una gestión autónoma en esta materia.
- Persona/as afectada/as: aquellas personas a las que se refieran los hechos relatados en la comunicación.
- Represalia: De conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2023 se entiende por represalia cualesquiera actos u omisiones que estén prohibidos por la ley, o que, de forma directa o indirecta, supongan un trato desfavorable que situé a las personas que las sufren en desventaja particular con respecto a otra en el contexto laboral o profesional, solo por su condición de informantes, o por haber realizado una revelación pública. A título de ejemplo se incluiría la adopción de medidas de suspensión de empleo, no renovación o terminación anticipada, adopción de medidas disciplinarias, daños, referencias negativas, denegación de formación o discriminación, entre otras.
- Responsable de Cumplimiento Normativo: Órgano unipersonal, dotado de poderes autónomos de iniciativa y control, al que se le confía, entre otros cometidos, la responsabilidad de supervisar el adecuado funcionamiento del Sistema de Gestión de Cumplimiento de la Organización en general, y, del Sistema de Gestión de Compliance Penal en particular. La existencia del Órgano de Compliance penal da cumplimiento a la exigencia establecida en la normativa penal española (artículo 31 bis del Código penal español) en cuanto a la supervisión del Sistema de Gestión de Compliance Penal.
- Responsable del Sistema Interno de Información: ANTONIO ENTRENA REVUELTO es el responsable del Sistema Interno de Información recae en el Responsable de Cumplimiento Normativo.
- Sistema Interno de Información: es el cauce preferente para comunicar la posible comisión de irregularidades. Este Sistema abarca tanto el canal, entendido como buzón o cauce para recepción de la información, como el Responsable del Sistema, la Política y el Procedimiento de gestión de comunicaciones.
- Socios de Negocio: cualquier persona jurídica o física, salvo los Miembros de la Organización, con quien la Organización mantiene o prevé́ establecer algún tipo de relación de negocio. A modo enunciativo, pero no limitativo, se incluyen intermediarios como agentes o comisionistas, asesores externos, proveedores, clientes, joint-ventures o personas físicas o jurídicas contratadas por ANTONIO ENTRENA REVUELTO para la entrega y/o recepción de bienes y/o prestación de servicios.
- Sujetos afectados por este documento: todos los Miembros de la Organización así́ como los Socios de Negocio o Terceros que tengan relación de negocio con ANTONIO ENTRENA REVUELTO.
- Tercero: persona física o jurídica u organismo independiente de la Organización.
ANEXO III. – CRITERIOS DE PRIVACIDAD EL CANAL ÉTICO.
Objeto
El objetivo del presente Anexo al procedimiento de Canal Ético es informar a los comunicantes del tratamiento de los datos que se llevará a cabo para la gestión y tramitación de las comunicaciones presentadas a través del mismo. A estos efectos, los criterios de privacidad del Canal Ético se encontrarán asimismo definidos en la página web corporativa.
Para la correcta configuración y diseño del Canal Ético, la Organización da pleno cumplimiento a la normativa aplicable en materia de protección de datos; de manera especial el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y a su normativa de desarrollo.
Igualmente, el Canal Ético ha sido diseñado de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales.
Tratamiento de sus datos personales y legitimación
La finalidad del Canal Ético es otorgar una protección adecuada sobre las comunicaciones recibidas por parte de Miembros de la Organización, Socios de Negocio, clientes o Socios de Negocio, realizando la investigación de los hechos comunicados y adoptando las medidas correctivas pertinentes.
Se trata de un cauce de comunicación confidencial entre Miembros de la Organización, Socios de negocio y Terceros, vinculados a la Organización.
La información contenida en el Canal se eliminará a los tres meses desde la resolución del expediente y se cancelará una vez transcurridos los plazos legales durante los cueles pudieran derivarse procedimientos administrativos o judiciales para la persona jurídica y, en todo caso, no antes de 10 años si la comunicación tiene relación con el blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.
La legitimación viene dada por el consentimiento, el cual ha sido prestado y recabado a través del Canal Ético.
Destinatarios de los datos
Únicamente tendrá́ acceso a la información remitida por el interesado, el Responsable de Cumplimiento Normativo de ANTONIO ENTRENA REVUELTO, así como los colaboradores autorizados por este (salvo cuando se solicite una gestión en que hayan de intervenir otros departamentos o áreas afectados).
No se cederán los datos a Terceros, salvo obligación legal, en cuyo caso la información estará́ a disposición de las Administraciones públicas, Jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades.
Ejercicio de derechos
En todo momento el interesado podrá́ ejercitar los derechos de acceso, oposición, rectificación y supresión de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
En determinadas circunstancias, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento en sus datos, en cuyo caso únicamente los conservará el Canal Ético para el ejercicio o defensa de las reclamaciones.
Cuando sea técnicamente posible, el interesado podrá́ solicitar la portabilidad de sus datos a otro responsable del tratamiento.
Para ejercitar estos derechos, de conformidad con la legislación vigente, los interesados pueden utilizar la cuenta de correo entrena.r.a@gmail.com , adjuntando copia de un documento acreditativo (DNI o Pasaporte) e indicando expresamente el derecho que solicita.
La persona interesada podrá́ presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, especialmente cuando no esté satisfecha con el ejercicio de sus derechos, para más detalle consulte la web https://www.agdp.
Principio de proporcionalidad y minimización de datos
▪ Los datos personales recabados en el marco del Canal Ético: Su uso se limitará a lo estricta y objetivamente necesario para tramitar las comunicaciones y, si procede, comprobar la realidad de los hechos comunicados;
▪ Serán tratados en todo momento de conformidad con la normativa de protección de datos aplicable, para fines legítimos y específicos en relación con la investigación que pueda surgir como consecuencia de la comunicación;
▪ No se utilizarán para fines incompatibles;
▪ Serán adecuados y no excesivos en relación con las citadas finalidades.
Limitación al acceso de los datos
El acceso a los datos contenidos en estos sistemas quedará limitado exclusivamente a los órganos que tienen encomendada la labor de desarrollar las funciones de cumplimiento, de auditoría interna de la entidad y, en su momento, de auditoría externa.
Solo cuando pudiera proceder la adopción de medidas disciplinarias contra un Miembro de la Organización, se permitirá́ el tratamiento de los datos al personal con funciones de gestión y control de Recursos Humanos.
Asimismo, y según se ha indicado, la Organización podrá́ servirse del apoyo de terceros profesionales, ajenos a la misma, para la prestación de determinados servicios relativos a la gestión del Canal Ético.
Los datos tratados a través del Canal Ético únicamente quedarán a efectos estadísticos en la herramienta destinada para gestionar las comunicaciones, procediéndose a su encriptación en base de datos externa a la organización en el momento de finalización del trámite.
- Medidas de seguridad y confidencialidad
La Organización se asegurará de que se adopten todas las medidas técnicas y organizativas necesarias para preservar la seguridad de los datos registrados al objeto de protegerlos de divulgaciones o accesos no autorizados.
A estos efectos, la Organización ha adoptado medidas apropiadas para garantizar la confidencialidad de toda la información y se asegurará de que los datos relativos a la identidad del informante no sean divulgados a la persona afectada durante la investigación, respetando en todo caso los derechos fundamentales de la persona, sin perjuicio de las acciones que, en su caso, puedan adoptar las autoridades judiciales competentes.